Actualizado 28/07/2016 20:18

¿Cuáles son los criterios para poder acceder al plan de pago a jubilados en Argentina?

Impuesto a las ganancias deudas con jubilados
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   BUENOS AIRES, 28 Jul. (Notimérica) -

   Debido al decreto 894 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno argentino ha reglamentado el plan de pagos de juicios y reajustes de haberes jubilatorios, que según la estimación oficial llegará a más de 2,4 millones de personas que cobran sus prestaciones en el sistema nacional. Estos pasivos recibirán ofertas de pago y, en caso de aceptar, firmarán acuerdos renunciando a futuros juicios.

   Según la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), este mismo jueves quedará habilitado el mecanismo de consultas para que cada persona pueda saber si está o no incluida en el programa, según ha informado el diario argentino 'La Nación'.

   Como el ingreso al programa será progresivo --los funcionarios creen que se tardará dos años en completar el proceso de adhesiones--, uno de los artículos de la norma reglamentaria establece dos criterios para dar prioridades: el primero es ser mayor de 80 años o padecer una enfermedad grave.

   Por otra parte, el segundo consiste en que el incremento que surja para el cobro mensual "no supere el 30 por ciento del haber mínimo garantizado" y que el ingreso ya reajustado sea inferior a dos veces y medio ese haber básico. Según los valores actuales, eso determinaría una prioridad de ingreso al plan para quienes obtengan, tras aplicarse el aumento, un cobro mensual que no supere los 12.397 dólares y siempre que el aumento no vaya más allá de los 1.488 dólares mensuales.

   Sin embargo, en el momento de comenzar a aplicarse efectivamente este programa de propuestas de pagos, esas cifras ya habrán cambiado, ya que en septiembre deben aumentar los ingresos jubilatorios por la ley de movilidad.

   El decreto también dispone que, para algunos casos, no se considere el aumento que surja de este plan a los fines de estimar los ingresos máximos previstos para obtener tarifas sociales en los servicios públicos.

   Según el artículo diez, el beneficio no podrá perderse cuando el ingreso mensual reajustado no exceda en más de un 25 por ciento la suma equivalente a dos veces el haber mínimo que hoy, y sólo hasta el próximo mes, es de 4.959 dólares.

   En la norma que se ha publicado este jueves también se darán a conocer los pasos para firmar los acuerdos, un trámite que deberá hacer cada jubilado con un abogado. En caso de no tener un juicio previo, el interesado deberá designar a un profesional, que cobrará un honorario de 500 dólares a cargo de la Anses.

   Según lo que ya determinó la ley, el plan prevé el reajuste de los ingresos de los pasivos siguiendo criterios determinados por la Corte Suprema en cuatro sentencias, aunque las principales son dos: la causa Badaro --que determinó que todos los jubilados debieron haber recibido entre 2002 y 2006 un aumento según la evolución de un índice salarial-- y la causa Elliff --que ordenó una actualización del valor histórico de los salarios utilizados en la fórmula de cálculo de las jubilaciones--.

   En ese recálculo del haber inicial, los salarios de los últimos diez años trabajados serán actualizados en función de la evolución que tuvo un índice llamado remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte), que publica la cartera laboral.

   Los jueces previsionales, en cambio, disponen en sus fallos, y a partir del caso Elliff --en el que, según destacan en la Anses, se reconoce como una facultad del organismo elegir un parámetro de ajuste-- la utilización del índice de salarios básicos de la industria y la construcción (Isbic), que tuvo por lo general una variación más alta. Esto hará que se produzcan diferencias entre lo que está cercano a ofrecer el Gobierno y lo que podría conseguirse en un juicio.

   Otra brecha estará dada por el hecho de que en el plan del Gobierno se aplicará siempre el tope de la jubilación máxima, este jueves de 36.330 dólares, algo que no ocurre en las sentencias judiciales.

   Si bien desde este jueves los jubilados podrán saber si están o no incluidos en el plan, solo a partir de septiembre sabrán cuando les correspondería cobrar en caso de aceptar el plan.