Actualizado 06/09/2014 12:45

Colombia expulsa a dos venezolanos por violar las normas migratorias

BOGOTÁ, 5 Sep. (EUROPA PRESS) -

   Colombia ha expulsado en los últimos días a dos ciudadanos venezolanos por violar las normas migratorias del país, según ha informado este viernes el Ministerio de Exteriores del Gobierno de Juan Manuel Santos a través de sendos comunicados.

   Lorent Enrique Gómez Saleh fue expulsado el jueves porque "se encontraba realizando actividades proselitistas, expresamente prohibidas por las normas migratorias de Colombia, que llegaron incluso a la agresión personal contra personajes de la vida pública".

   Además, ha indicado que Gómez Saleh "tiene varios procesos en su contra en Venezuela y actualmente pesa en su contra una orden de captura proferida por el Gobierno venezolano".

   Gómez Saleh entró en Colombia el 19 de febrero "bajo un permiso PIP6 que permite adelantar actividades académicas no formales por 90 días", pero "dicho permiso venció el 19 de mayo y no se renovó, por lo cual el ciudadano venezolano entró en condición de irregularidad.

   El pasado mes de agosto se presentó ante las autoridades migratorias y, después del pago de una sanción pecunaria, "se le otorgó el día 27 de ese mes un salvoconducto por 10 días con el fin de regularizar su situación y obtener una visa, la cual no solicitó".

   Además, "el Gobierno colombiano ha tomado este viernes la decisión de expulsar de su territorio al ciudadano venezolano Gabriel Valles Sguerzi" porque "se encontraba realizando actividades expresamente prohibidas por las normas migratorias".

   Valles Sguerzi entró en Colombia el 4 de junio "bajo un permiso PIP5 que se otorga para actividades de descanso o esparcimiento en calidad de turista por 90 días". "Dicho permiso vencía el 1 de septiembre, fecha en la cual salió del país e ingresó nuevamente, el mismo día, otorgándosele así, un nuevo permiso PIP5 por un lapso de 90 días", ha detallado.

   La Cancillería ha explicado que ambos han sido detenidos "con fundamento en el artículo 105 del Decreto 4000 de 2004, el cual establece que se podrán expulsar los extranjeros que, a juicio de la autoridad migratoria, realicen actividades que atenten contra la seguridad nacional o cuando existan informaciones de Inteligencia que indiquen que representa un riesgo para la seguridad nacional".

   Este precepto legal también recoge como causa de expulsión "que se haya comunicado por autoridad extranjera al Estado colombiano que en contra de la persona se ha dictado en ese país providencia condenatoria o una orden de captura por delitos comunes o se encuentre registrado en los archivos de Interpol".