Actualizado 19/03/2015 12:20

Dilma Rousseff lanza un paquete anticorrupción

Dilma Rousseff
Foto: GETTY

BRASÍLIA, 18 Mar. (Notimérica) -

   La presidenta de Brasil, Dilma Rousseff, ha lanzado este martes en el Salón Noble del Palacio de Planalto, y bajo la presencia de jefe de Gabinete, Aloizio Marcadante, y el ministro de Justicia, José Eduardo Cardozo, un Paquete Anticorrupción.

   Esta medida fue prometida durante la campaña de la candidata a la reelección y fue anunciada el pasado domingo 15 de marzo, tras las protestas que tuvieron lugar en todo el país.

   Durante la apertura de la ceremonia del lanzamiento del Paquete Anticorrupción, el ministro de Justicia dijo que extraer dinero de las cuentas públicas "está éticamente reprobado y agrava la exclusión social en Brasil".

   Según Cardozo, exponer la corrupción genera peligros, y la "presidenta ha corrido estos riesgos".

   Entre las propuestas anunciadas constan una solicitud urgente del proyecto de ley que trata sobre el enriquecimiento ilícito del funcionariado público, la acción de extinción de dominio, la ejecución del criterio de la 'ley de ficha limpia' (estar bien considerado) para cargos de confianza, que incluye a todos los poderes, y la criminalización del blanqueo del dinero electoral.

   Tras el discurso y el anuncio de las medidas realizadas por el ministro, la presidenta asignó los proyectos de ley, que serán enviados al Congreso, y el Decreto de la Regularización de la llamada Ley Anticorrupción.

   Rousseff enfatizó que su "compromiso con el combate de la corrupción es coherente" con respecto a su vida personal, y destacó que estas medidas reducirán la impunidad del país.

   "Las medidas fortalecen la lucha contra la impunidad, que constituye uno de los factores garantes de la reproducción de la corrupción", afirmó la mandataria.

DETALLE DE LAS MEDIDAS

TIPIFICACIÓN DE LA CAJA 2 (PROYECTO DE LEY)

   - Criminalización de la Caja 2 (PENA DE 3 A 6 AÑOS): se criminaliza el acto de fraude de la fiscalización electoral, insertando elementos falsos u omitiendo informaciones con el fin de ocultar el origen, destino, o la aplicación de bienes, valores o servicios de la prestación de cuentas de partidos políticos o de campañas electorales.

   - Criminalización del Lavado Electoral (PENA DE 3 A 10 ANOS): se criminaliza la ocultación o disimulo, para fines electorales, de naturaleza, origen, localización, disposición, movimiento o propiedad de bienes, derechos o valores provenientes, directa o indirectamente, de fuentes de recursos vedados por la legislación electoral.

   - Extensión del castigo a los donantes, incluidos los responsables por donaciones de personas jurídicas y partidos. En este caso, la penalización es una multa de cinco a diez veces sobre el valor donado y no declarado, proporcional a los crímenes practicados por una persona física, jurídica o un partido, que se aprovechen de las conductas ilícitas.

ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO O PÉRDIDA DE PROPIEDAD O POSESIÓN DE BIENES (PEC y Proyecto de Ley)

   - Presentación de Propuesta de Enmienda Constitucional, que da viabilidad a la confiscación de bienes, ya que de acuerdo a la Constitución de 1998 no sería posible. Ofrece la necesidad de crear una enmienda que confisque bienes que sean fruto o provecho de actividades criminales, deshonestas, y enriquecimiento ilícito. Legitimidad activa: Ministerio Público, Abogacía General de la Unión (AGU) y Procuradurías.

   - Presentación de Proyecto de Ley que permita Acción Civil Pública de Extinción de Dominio (o pérdida civil de bienes):
   * que prevea la extinción de posesión y propiedad de bienes, derechos, valores o patrimonios, que procedan de actividades criminales y deshonestidad administrativa: sean utilizados como instrumentos ilícitos, procedan de negocios con esos bienes, sean incompatibles con la renta o evolución del patrimonio.
   * que establezca un procedimiento para la transferencia de los bienes
   * que declare la pérdida civil independiente del contraste de responsabilidad civil o criminal, bien como del desenlace de las respectivas acciones civiles y penales.

TRANSFERENCIA ANTICIPADA DE BIENES APREHENDIDOS (PL 2.902/2011 - solicitud de urgencia): PL 2.902/2011

   - Medida cautelar que busca la preservación del valor de los bienes;
   - Malversación de bienes sobre los cuales haya pruebas o indicios suficientes de ser producto o provecho de crimen;
   - Indisponibilidad puede ser decretada para: garantizar la pérdida de bienes;
   - Reparación de daños procedentes del crimen;
   - Pago de prestación monetario, multas y costes;
   - Indisponibilidad puede ser levantada en los casos de:
   * Absolución, suspensión del proceso o extinción de castigo;
   * Prestación de fianza;
   * Embargos juzgados procedentes;
* Puede ser objeto de cooperación jurídica internacional en materia penal.

FICHA LIMPIA PARA SERVIDORES (PROYECTO DE LEY):

   - Exige 'ficha limpia' (buena consideración) para todos los empleados del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, incluyendo cargos de confianza.

TIPIFICACIÓN DEL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO (PL 5.586/2005):

   - PL 5.586/2005 (Poder Ejecutivo): poseer, adquirir o hacer uso de bienes incompatibles con renta o evolución patrimonial: pena de tres a ocho años.

REGULACIÓN DE LA LEY ANTICORRUPCIÓN (DECRETO):

   - Incentiva la adopción de Programas de Integridad por empresas privadas: códigos de ética y de conducta, políticas y directrices para detectar desvíos e irregularidades contra la administración pública.

   - Establece y disciplina el rito de Proceso Administrativo de Responsabilización (PAR): proceso único para violaciones de la Ley Anticorrupción, Ley de Licitaciones, RDC, Manifiesto, etc.

   - Disciplina el acuerdo de benevolencia: competencia exclusiva de la Controladuría General de la Unión (CGU) en el Ejecutivo federal.

   - Sanciones: multa + publicación extraordinaria de la decisión administrativa + prohibición de la contratación.

   - Regula la multa por práctica de actos contra la administración pública:
   * Valor: 0,1 a 20%
   * Cálculo de la multa: resultado de la suma y resta de porcentajes incidentes sobre la facturación bruta.
   * Atenuantes: No consumación de la infracción, indemnización de los daños, grado de colaboración, comunicación espontánea, Programa de Integridad y estructura interna de Compliance.
   * Agravantes: continuidad en el tiempo, tolerancia de la dirección de la empresa, interrupción de obra o servicio público, situación económica positiva, reincidencia.
   * No siendo posible utilizar facturación, valor entre 6.000 y 60.000 millones de reales.

GRUPO DE TRABAJO (ACUERDO DE COOPERACIÓN):

   - Evaluación de propuestas para la agilización de procesos judiciales, procedimientos administrativos y demás procedimientos que aligeren, relacionados con la práctica de ilícitos contra el patrimonio público.

   - Participantes: MJ (coordena), CNJ, CNMP, CGU, AGU e OAB, con posibilidad de invitar entidades o personas del sector público y privado relacionadas a los objetivos.