Actualizado 15/03/2018 18:16

La Justicia mexicana declara constitucional la inspección policial por "sospecha o flagrancia" sin orden judicial

POLICIA BRASIL
PIXABAY - Archivo

   CIUDAD DE MÉXICO, 15 Mar. (Notimérica) -

   La Suprema Corte de Justicia de México (SCJN) ha declarado constitucional las inspecciones policiales a personas y vehículos en caso de "sospecha razonable o flagrancia" y sin que exista una orden judicial o ministerial de por medio.

   El pleno aprobó este martes por mayoría esta medida, en la que se aprobaron fragmentos de tres artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales, cuyo proyecto fue elaborado por el ministro mexicano Javier Laynez Potisek.

   Hay que destacar que estos artículos habían sido previamente impugnados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de México, al reiterar que violan los derechos a la "libertad personal", "libertad de tránsito", "protección de datos personales" y a la "privacidad o vida privada", entre otros.

   Por su parte, el ministro de la SCJN, Luis María Aguilar Morales, ha señalado que las inspecciones son "una medida idónea y con un fin constitucionalmente válido" para proteger los derechos de las víctimas de delitos", según ha informado la cadena 'Televisa'.

   Según los preceptos aprobados por la SCJN, los criterios no serán aplicables a las inspecciones preventivas en espacios públicos, así como en los retenes en aeropuertos, puertos y en el transporte público. Lo anterior se debe a que corresponde a otra jurisprudencia que es de carácter constitucional.