(Información remitida por la empresa firmante)
Madrid, 04 de noviembre de 2025.- Muchas compañías confían en “arreglarlo cuando llegue la inspección”, pero cuando faltan formaciones obligatorias acreditables la reacción suele llegar tarde y en forma de sanción, con multas que pueden alcanzar hasta 225.018 € en el orden social en supuestos muy graves [6]. Estas cinco áreas concentran buena parte de los requerimientos y pueden bonificarse con cargo al crédito de formación que ya se financia vía cotización; si la formación no se programa, imparte y justifica en plazo, ese crédito no se recupera [11]. Para aterrizar cada bloque, se ha consultado al equipo de Avanforma, especializado en formación bonificada para empresas.
“El objetivo no es un curso aislado, sino realizar la formación completa, acreditar evidencias y dejar el cumplimiento en regla, aprovechando el crédito ya pagado”, señalan desde Avanforma.
Estas son cinco formaciones obligatorias para las empresas:
Prevención del acoso laboral sexual (aplica a todas las empresas)
La Ley Orgánica 3/2007 obliga a prevenir el acoso mediante medidas eficaces; la formación y sensibilización de la plantilla figura entre las palancas reconocidas por guías oficiales [1]. En la práctica, funcionan programas formativos verificables —con mensajes claros para plantilla y mandos y actualización periódica—. El riesgo jurídico no es menor: las infracciones muy graves en el orden social alcanzan hasta 225.018 €; las graves, hasta 12.000 € [2].
Avanforma señala que “la formación bien diseñada reduce riesgo y mejora el clima interno; se refleja en la detección temprana de incidentes y en una cultura de tolerancia cero.”
Curso Desconexión digital y uso responsable de medios (aplica a todas las empresas)
El art. 88 de la LOPDGDD exige una política de desconexión digital que incluya acciones de formación y sensibilización [3]. La formación debe explicar límites y pautas operativas (comunicaciones fuera de horario, reuniones, mensajería, dispositivos) y quedar acreditada. Las sanciones laborales pueden escalar hasta 225.018 € en supuestos muy graves [2].
Avanforma apunta que “la combinación de política de desconexión y formación práctica en usos de herramientas reduce riesgos psicosociales y aporta seguridad jurídica.”
Curso Prevención de blanqueo de capitales (sectores obligados)
Para los sujetos obligados del art. 2 de la Ley 10/2010 (financieros y no financieros como inmobiliario, auditoría/asesoría fiscal, abogacía en determinadas operaciones, joyería, casinos, comercio de arte, notariado/registro, cambio de divisas, entre otros), la formación es preceptiva. El RD 304/2014 exige plan anual de formación y trazabilidad [4][5]. El régimen sancionador prevé multas muy graves desde 150.000 € hasta 10.000.000 € o el 10% volumen de negocio; en graves, desde 60.000 € hasta 5.000.000 € o el 10% [6].
Avanforma precisa que “en PBC la normativa exige plan anual de formación y actualización; la trazabilidad documental es determinante ante auditoría.”
Higiene alimentaria y APPCC (restauración y cadena alimentaria)
El Reglamento (CE) 852/2004 obliga a asegurar la formación o instrucción del personal manipulador y a implantar un sistema APPCC que se mantenga vivo [7]. En un entorno con rotación y cambios de carta, la formación periódica y la acreditación documental evitan hallazgos repetidos en inspección. Las multas por seguridad alimentaria, según la Ley 17/2011, van de hasta 5.000 € (leves) a 20.001–600.000 € (muy graves), con posibles cierres temporales en los supuestos extremos [8].
Avanforma destaca que “formar, registrar y verificar es la secuencia que evita no conformidades; la evidencia de manipuladores formados y el APPCC vivo son esenciales.”
Medidas LGTBI+ en empresas de más de 50 personas
La Ley 4/2023 exige un conjunto planificado de medidas y recursos (incluido protocolo frente al acoso o la violencia), donde la formación/sensibilización es habitual [9]. El régimen sancionador contempla multas de hasta 150.000 € en muy graves [10].
Desde Avanforma se destaca que “la combinación de medidas planificadas, protocolo y acciones formativas mejora clima, atracción y retención.”
Formaciones obligatorias: acreditarlas a tiempo evita sanciones y permite bonificar el crédito
En la recta final del ejercicio resulta determinante contar con una empresa de formación de confianza. Avanforma asesora sobre crédito disponible, prioriza contenidos obligatorios y estratégicos, calendariza fechas viables y prepara la documentación —convocatorias, asistencia, evaluación y certificados— para que la bonificación entre en nómina sin incidencias. El objetivo es activar el crédito antes del cierre y encarar el próximo ejercicio con cumplimiento y capacitación en regla.
Fuentes utilizadas
[1] LO 3/2007, art. 48 — Deber empresarial de prevenir el acoso; medidas eficaces (incluida formación/sensibilización).
[2] LISOS (RDL 5/2000), art. 40 — Cuantías generales en el orden social: graves hasta 12.000 €; muy graves hasta 225.018 €.
[3] LO 3/2018 (LOPDGDD), art. 88 — Derecho a la desconexión digital; obligación de política interna con formación/sensibilización.
[4] Ley 10/2010, art. 2 — Sujetos obligados en PBC/FT (financieros y no financieros).
[5] RD 304/2014, art. 39 — Plan anual de formación en PBC/FT y registros de cumplimiento.
[6] BOE — RDL 5/2000 (LISOS), art. 40. Cuantías de sanciones en el orden social: leves (hasta 750 €), graves (hasta 7.500 €) y muy graves (hasta 225.018 €).
[7] Reglamento (CE) 852/2004 — Formación/instrucción de manipuladores y obligación de APPCC.
[8] Ley 17/2011, arts. 50–52 — Régimen sancionador en seguridad alimentaria: leves ≤ 5.000 €; graves 5.001–20.000 €; muy graves 20.001–600.000 €.
[9] Ley 4/2023, art. 15 — Medidas y recursos para la igualdad LGTBI+ en empresas de >50; protocolo y actuaciones.
[10] Ley 4/2023 (régimen sancionador) — Multas por infracciones muy graves de hasta 150.000 €.
[11] FUNDAE — Formación bonificada — El crédito procede de la cuota de Formación Profesional y solo se recupera si se comunica, imparte y justifica la formación en el ejercicio.
Emisor: Avanforma
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