(Información remitida por la empresa firmante)
Granada, 10 de julio de 2023.
El pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo sistema de cotización 2023 para trabajadores autónomos.
Entre sus principales novedades se encuentran la división en 15 tramos, para que los trabajadores se inscriban según su previsión de ingresos, y una mejor protección por cese de actividad.
No obstante, este cambio de sistema supone otras modificaciones que han despertado una serie de dudas a los autónomos.
Se van a repasar algunas de las más importantes, aunque la mejor manera de estar tranquilo y bien informado es contar con la ayuda experta de una buena gestoría fiscal online para autónomos.
¿Cómo se realiza el cálculo de los rendimientos netos previstos?
Para estimar el rendimiento neto previsto es necesario considerar los ingresos percibidos por todas las actividades profesionales o económicas, tanto de manera individual como formando parte de una entidad. Una vez realizada esta estimación, hay que inscribirse en uno de los 15 tramos previstos.
¿Cuándo y dónde se deben comunicar los rendimientos netos previstos?
El rendimiento neto previsto se puede declarar desde el 1 de enero de 2023 con un plazo hasta el 31 de octubre de este mismo año, a través del portal ImportaSS de la Seguridad Social.
¿A qué autónomos se les aplica la deducción adicional por gastos genéricos del 3 % en lugar del 7 %?
A aquellos trabajadores que, durante el año, reúnen al menos 90 días de alta como autónomos societarios de sociedades de capital o laborales.
¿Se puede cotizar por una base superior a los rendimientos?
Sí, la base en determinados meses podrá estar entre la mínima de la tabla reducida y la máxima de la general, con independencia de los rendimientos estimados. Así, se proporciona una mayor flexibilidad al autónomo para poder compensar diferencias entre los rendimientos estimados inicialmente y los que efectivamente vaya obteniendo a lo largo del año. Además, también lo pueden hacer los trabajadores por cuenta propia que a 31 de diciembre de 2022 estuvieran cotizando por una base superior a la que les correspondía en relación con sus rendimientos.
¿Dónde se comunica la nueva base de cotización y cuántas veces se puede modificar al año?
Se puede solicitar el cambio de la base de cotización en 6 momentos distintos del año. Las fechas previstas para esto son el primer día de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre o enero del año siguiente. Según recalcan los especialistas del portal Infoautónomos, todas las comunicaciones pueden hacerse a través del portal ImportaSS.
¿Es obligatorio hacer la comunicación de los rendimientos netos previstos a la Seguridad Social?
No es obligatorio efectuar la comunicación de los rendimientos netos previstos porque las bases mensuales son de carácter provisional.
¿Qué plazo tienen los autónomos ya dados de alta a 31 de diciembre de 2022 para comunicar sus rendimientos netos previstos para 2023?
Los rendimientos se deben comunicar en el momento que se prevé que la base de cotización será inferior a la mínima o superior a la máxima. Si no se dan estas circunstancias, la comunicación debe efectuarse antes del próximo 31 de octubre.
¿Cómo regularizará la Seguridad Social la cuota de los autónomos?
La Seguridad Social recibe datos de la agencia tributaria AEAT al terminar el año, y a partir de esa información regulariza el pago de las cuotas de autónomos.
¿Cómo y cuándo se solicita la tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos en 2023?
Si se cumplen los requisitos, la nueva tarifa plana de 80 euros se puede solicitar desde el 1 de enero de 2023 en la Seguridad Social al darse de alta.
¿Qué comunidades autónomas ofrecen Cuota Cero en 2023?
Madrid, Andalucía, Murcia, Baleares y La Rioja son las comunidades autónomas que, de momento, ofrecen Cuota Cero en 2023.
Se puede obtener más información sobre el nuevo sistema de cotización 2023 de autónomos en la página web de Infoautónomos.
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