Publicado 14/06/2021 17:08

AMP.- Fútbol.- La Comunidad Valenciana propone sancionar al Valencia CF con 2,3 millones por incumplimiento con Mestalla

Archivo - Obras del Nuevo Mestalla del Valencia CF
Archivo - Obras del Nuevo Mestalla del Valencia CF - EUROPA PRESS - Archivo

VALNCIA, 14 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad valenciana ha propuesto sancionar al Valencia CF con más de 2,3 millones de euros por "incumplir" los plazos de ejecución de la primera fase de las obras que se contemplan dentro de la Actuación Territorial Estratégica (ATE) del Mestalla.

Así lo plantea en su 'Informe sobre la incoación del expediente de imposición de penalidades al promotor de la ATE Valencia CF', elaborado por la Dirección General de Política Territorial y Paisaje a petición de la Subsecretaría de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, que le solicitaba asesoramiento en este asunto.

El documento, consultado por Europa Press, se pronuncia sobre la Fase 1 de la ATE, que contempla la construcción de un hotel junto al antiguo estadio del Mestalla, y cuyo retraso considera "imputable" al promotor, para el que propone una multa de 2.361.000 euros, calculada en torno al 10 por ciento del presupuesto del contrato.

El presente informe se emite a la vista de la petición formulada por la Conselleria de Economía Sostenible, que solicita a la Dirección de Política Territorial y Paisaje asesoramiento en relación con la incoación del expediente de imposición de penalidades al promotor de la ATE 'Valencia Club de Fútbol', en base al Convenio del 29 de abril de 2015 suscrito entre la Conselleria de Economía y el Valencia CF (en adelante promotor).

Todo ello, después de que el pasado 20 de abril, Anil Kumar Murthy, en nombre y representación del Valencia CF, presentara un escrito en que propone un nuevo calendario de actuaciones que implica la finalización global de la ATE en el año 2030 y no en 2025. como se preveía inicialmente.

La Cláusula V del convenio de 2015, relativa a compromisos del promotor respecto a los plazos -recuerda Territorio en su informe- dice expresamente que "el incumplimiento por causa imputable al promotor, de los plazos y, en su caso, de las prórrogas, comportará la imposición de las penalidades previstas en la legislación urbanística y de contratos de las administraciones públicas y, en su caso, la resolución de l ATE, con incaución de la garantía definitiva".

Desde la Conselleria de Política Territorial recuerdan que el Ayuntamiento de Valncia, como responsable del seguimiento y ejecución de la ATE junto a la Conselleria de Economía, también emitió un informe, el pasado 17 de mayo, sobre la Fase 1 de la ATE en el que, pese a constatar que el hotel proyectado no se ha ejecutado, sí se adjudicó a la mercantil Expo Grupo, por lo que considera ejecutada la Fase 1.

Sin embargo, Territorio señala que la Cláusula III del convenio de 2015 recoge que "el promotor se compromete a ejecutar las obras de urbanización y edificación y a implantar las actividades que se recogen en el Plan de Actuación Territorial Estratégica, aprobado por la Conselleria" y por tanto, considera en su informe que "sí es un compromiso del promotor ejecutar el hotel, y en tanto esta edificación no se lleve a cabo y se obtenga, además, la licencia de apertura, la Fase 1 estará incumplida, incumplimiento que es imputable al promotor".

En cuanto a las penalidades, Política Territorial señala que deberán ser "proporcionales a la gravedad del incumplimiento y como máximo no podrán ser superiores al 10 por ciento del presupuesto del contrato, que vendrá determinado por el presupuesto de contrata y las tasas, excluido en todo caso el IVA y calcula que la sanción ascendería a 2.361.675,78 euros.

NO DESCARTA INDEMNIZACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN

Además, el documento apunta que la imposición de penalidades no excluye la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios con motivo del retraso imputable al contratista.

En todo caso, precisa que la incoación del procedimiento para la imposición de penalidades, mediante resolución del órgano competente de la Conselleria de Economía, que incluya la propuesta de penalidad a imponer, se hará efectiva sobre la garantía constituida con audiencia al promotor por un plazo de 10 días naturales, audiencia al avalista o asegurador del promotor por un plazo de 10 días naturales, informe de la Abogacía y dictamen del Consell Judrídic Consultiu si se formula oposición por parte del promotor.

Además, deberá figurar resolución del órgano competente de la Conselleria de Economía que incluirá en todo caso, el requerimiento al promotor para que proceda a reponer la garantía en los términos y con las consecuencias que, en caso de incumplimiento, determina la normativa de contratos del sector público.

Tras este informe, el departamento que lidera Arcadi España todavía tiene que emitir otro más, en este caso relativo a la Fase 2 de la ATE, que abarca la finalización del nuevo estadio del Mestalla.