Publicado 25/06/2021 16:53

La Audiencia de Málaga confirma la sentencia de acciones del Málaga CF a favor de Bluebay y rechaza recurso de Al-Thani

Archivo - Juicio por la demanda contra el jeque Al-Thani por el Málaga CF
Archivo - Juicio por la demanda contra el jeque Al-Thani por el Málaga CF - EUROPA PRESS - Archivo

MÁLAGA, 25 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 12 sobre la titularidad de parte de las acciones del Málaga CF, que daba la razón a la empresa Bluebay en su reclamación de la propiedad, y ha desestimado el recurso presentado contra dicha resolución por el jeque Abdullah Al-Thani y otras partes personadas.

Así consta en la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia malagueña, consultada por Europa Press, en la que se rechazan los argumentos de la representación de Al-Thani contra la resolución por la que se admitió la demanda de BlueBay y que determinó que la empresa Nas Spain 2000 SL recuperara la propiedad de casi el 97 por ciento de las acciones del club, estando esa sociedad participada conjuntamente por el Grupo Al Thani y BlueBay.

El fallo de la sentencia del juzgado, dictada en 2019, declaraba que se había aportado a la sociedad Nas Spain 2000 SL 565.861 acciones del Málaga CF --representativas en concreto del 96,89 por ciento del capital social--, considerando a dicha empresa "legítima titular de las citadas acciones". Así, daba validez al acuerdo de intenciones, firmado al respecto en febrero de 2013 entre ambas partes.

La representación del jeque recurrió la sentencia del juzgado en apelación por distintos motivos, pero la Audiencia de Málaga rechaza todos los argumentos y también los esgrimidos por otras partes. Así, entre las alegaciones del jeque está un supuesto error a la hora de valorar la prueba, en concreto dicho acuerdo, que se vuelve a cuestionar por la presunta falsedad de la firma de Al-Thani en el documento.

Al respecto, la Sala indica que el recurrente no precisa "esa equivocación de calado" sino que se limita "a expresar una discordancia con la conclusión" a la que llegó el juez, que, asegura, realizó "un juicio probático irreprochable". Por tanto, concluye que "no solo no existe error en la valoración de la prueba" por parte del magistrado, "sino que sus conclusiones son las lógicas y acertadas de los hechos acreditados".

También cuestiona el contrato de compraventa de acciones, a lo que el Tribunal de apelación responde que es "adecuada" la interpretación del documento, apuntando que este "tenía una lógica económica: mejorar la situación del Málaga Club de Fútbol SAD en todos los aspectos" y que hubo una contraprestación "real y equivalente" a la venta de las acciones de Al-Thani, que era el 'saber hacer' que aportó la otra parte.