MADRID, 19 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha denegado este viernes la suspensión cautelar de la sanción al defensa del Real Madrid Dean Huijsen, según adelanta la web especializada en derecho deportivo IUSPORT, desestimando el recurso del club blanco a la ratificación de la sanción por parte del Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), y el futbolista no podrá disputar este sábado el partido de LaLiga EA Sports contra el RCD Espanyol.
En el encuentro liguero del pasado sábado en Anoeta, Huijsen vio la tarjeta roja el minuto 32 después de cometer una falta sobre el delantero de la Real Sociedad Mikel Oyarzabal, al determinar el colegiado extremeño Jesús Gil Manzano que era una ocasión manifiesta de gol; el conjunto de Xabi Alonso protestó la decisión por entender que Éder Militao estaba cerca y que, por tanto, no era el último hombre.
El martes, el Comité Técnico de Árbitros (CTA) de la RFEF reconoció que "la sanción más ajustada" para la acción hubiese sido la tarjeta "amarilla", aunque cree que el VAR "actuó correctamente" al no corregir la decisión del árbitro al entender que no era un error "claro, obvio y manifiesto". Apelación, en cambio, desestimó el jueves el recurso del Real Madrid.
Según la resolución a la que ha tenido acceso la web especializada en derecho deportivo IUSPORT, el TAD afirma que el peligro en la demora (periculum in mora) es el primer criterio a valorar, aunque exige que el solicitante acredite "de forma concreta y objetiva los daños irreparables que la ejecución inmediata de la sanción podría causar".
En este caso, el TAD entiende que la entidad blanca no ha justificado suficientemente la existencia de un perjuicio irreparable, y recuerda que el equipo madridista puede alinear a otros futbolistas y que "la eventual pérdida de la finalidad legítima del recurso no es suficiente para conceder la suspensión".
El Real Madrid alegó "error material manifiesto" en la calificación de la jugada y aportó el vídeo del CTA protagonizado el pasado martes por la portavoz Marta Frías que corroboraría la postura del club blanco. Sin embargo, el TAD considera que la cuestión es "interpretable" y que no se aprecia una manifiesta ilegalidad que justifique la medida cautelar.
"Para la apreciación del pretendido error material manifiesto, la prueba aportada debe contradecir de manera clara e inequívoca los hechos reflejados en el acta. Siendo las imágenes compatibles con lo reflejado en el acta, y ante la inexistencia de pruebas que lo desvirtúen, no puede apreciarse el error material manifiesto alegado por el club recurrente", señala Apelación.