Actualizado 25/08/2016 11:32

Los 6 artículos que regularán el Plebiscito por la Paz en Colombia

Colombia
COLPRENSA

   BOGOTÁ, 25 Ago. (Notimérica) -

   El Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) anunciaron este miércoles el acuerdo de paz final y definitivo, así como los detalles de esta, que han sido negociados en La Habana (Cuba) durante casi cuatro años y que tendrán que someterse a un plebiscito el próximo 2 de octubre.

   El acuerdo se cerró definitivamente después de que las delegaciones pactaran los puntos relativos al fin del conflicto y la ratificación, aplicación y verificación de lo que se había pactado.

   El comunicado emitido este 25 de agosto recoge el sexto punto del acuerdo que establece "los mecanismos de implementación y verificación", ya que este deberá someterse a votación popular el próximo 2 de octubre, cuando los colombianos decidirán si aprueban o no lo acordado en La Habana.

   Este punto se suma a los otros cinco previamente establecidos en relación al desarrollo agrario y rural, alto el fuego bilateral y definitivo y abandono de las armas, participación política, drogas y víctimas.

   Así, los colombianos tendrán que decidir si apoyan o no el Acuerdo de Paz bajo estos seis artículos que regularán el Plebiscito por la Paz en Colombia.

1. CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE

   El presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá someter a consideración del pueblo mediante el plesbiscito, el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable.

2. REGLAS ESPECIALES DEL PLEBISCITO

   Los procedimientos de convocatoria y votación se regirá por cinco reglas. La primera, ya realizada, establece que el presidente deberá informar al Congreso su intención de convocar este referéndum, así como la fecha en la que se llevará a cabo, ya decidido para el próximo 2 de octubre.

   Después de que Santos mostrara su intención de convocar el plebiscito, las dos Cámaras del Congreso tuvieron que aprobar su propuesta para poder convocarlo. En este sentido y una vez aceptado por el Congreso, la ciudadanía votará si apoya o no el Acuerdo de Paz, donde el 'Sí' ganará si se obtiene una cantidad de votos mayor al 13 por ciento del censo electoral vigente y supere los votos depositados por el 'No'.

   La organización electoral garantizará el "cumplimiento de los principios de administración pública y la participación en condiciones de igualdad", tanto de la campaña del sí o por el no, para el cual regulará el acceso a los medios de comunicación.

    Por otra parte, "los colombianos residentes en el exterior podrán votar a través de los consulados".

3. CONSECUENCIAS DE LA DECISIÓN

   Según lo establecido, la decisión aprobada a través del plebiscito "tendrá un carácter vinculante para efectos del desarrollo constitucional y legal del Acuerdo".

4. REFERENCIA NORMATIVA

   El plebiscito se aplicará en lo dispuesto en las Leyes 134 de 1994, 1757 y 2015 y demás normas concordantes que establecen los mecanismos de participación del pueblo en una consulta popular.

5. DIVULGACIÓN DEL ACUERDO

   Si el Acuerdo Final es apoyado finalmente por los colombianos, el Gobierno Nacional garantizará la publicidad y divulgación del acuerdo mediante una estrategia de comunicación que asegure la transparencia, con el objetivo de generar un debate amplio y suficiente.

   Para ello, "utilizará diversos medios de comunicación y canales" como el sitio web de las entidades públicas, redes sociales de dichas entidades, periódicos de amplia tirada nacional, servicios de radiodifusión sonora comercial, canales de televisión pública y privada y una urna de cristal como "principal plataforma de Gobierno para la participación ciudadana y transparencia gubernamental".

   En el caso de las zonas rurales del país, el Gobierno Nacional "garantizará a través de entidades comprometidas una mayor divulgación del contenido". También se realizará una "estrategia de comunicación a los colombianos que se encuentran en el exterior", especialmente para las víctimas del conflicto armado.

6. VIGENCIA

    La vigencia es el último punto que se ha incluido y que establece "mecanismos de implementación y verificación" para conseguir el fin del conflicto y una paz duradera.

   De acuerdo con lo establecido, se creará una Comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo de Paz que será integrada por representantes del Gobierno y de la guerrilla para "hacer seguimiento a los componentes del acuerdo y verificar su cumplimiento, servir de instancia para la resolución de diferencias y el impulso y seguimiento a la aplicación legislativo".

   Además, se creará un "mecanismo de acompañamiento" para que la comunidad internacional contribuya a la aplicación del acuerdo final.