Publicado 21/03/2022 22:06

Chile.- Condenados diez militares por quemar vivos a dos jóvenes durante la dictadura chilena

Archivo - Acto en recuerdo del asesinato de Rodrigo Rojas de Negri durante la dictadura militar chilena
Archivo - Acto en recuerdo del asesinato de Rodrigo Rojas de Negri durante la dictadura militar chilena - FRANCISCO FLORES SEGUEL/AGENCIAUNO - Archivo

MADRID, 21 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Corte de Apelaciones de Santiago ha endurecido en segunda instancia las penas impuestas a diez militares por quemar vivos a dos jóvenes en 1986, durante la dictadura de Auguto Pinochet, en un fallo calificado de "histórico" por la prensa chilena.

Rodrigo Rojas y Carmen Gloria Quintana fueron interceptados por una patrulla militar el 2 de julio de 1986. Luego fueron golpeados, les rociaron combustible y fueron quemados vivos.

El mando de la patrulla, Pedro Fernández Dittus, ordenó cubrir los cuerpos con mantas y subirlos a un vehículo para luego ser lanzados a una acequia. Rojas murió cuatro días después y Quintana sobrevivió al intento de homicidio.

La nueva sentencia eleva a 20 años de prisión los dictados para los autores materiales del crimen: Julio Castañer González, Iván Figueroa Canobra, Nelson Medina Gálvez y Pedro Fernández Dittus, todos ellos militares retirados. Además ha dictado 10 años de prisión para los cómplices y tres para los encubridores.

Los delitos contemplados son homicidio calificado de Rojas y homicidio calificado en grado de frustrado de Carmen Gloria Quintana. El fallo ha sido unánime.

En el aspecto civil, el tribunal incrementó el monto de la indemnización de perjuicios a cuyo pago se condena al Fisco de Chile a favor de Verónica Guilda Cecilia de Negri Quintana y de Ramón Eduardo Rojas Ruiz Tagle a la suma de 100.000.000 de pesos (unos 11.400 euros) para cada uno de los demandantes.

Igualmente ha aumentado la indemnización que el Fisco de Chile deberá pagar a Pablo Oyarzo de Negri: 40.000.000 de pesos (unos 45.700 euros) y que ambas sumas deberán reajustarse para poder generar los intereses que se indican en el fallo recurrido.