Publicado 17/08/2019 21:55

Colombia.- El Gobierno colombiano indemnizará a Piedad Córdoba por seguimientos y esuchas ilegales

La exsenadora Piedad Córdoba
La exsenadora Piedad Córdoba - COLPRENSA/PALACIOS, RAUL - Archivo

La información fue utilizada para incriminar falsamente a la exsenadora por supuestos vínculos con la guerrilla de las FARC

BOGOTÁ, 17 Ago. (EUROPA PRESS) -

El juzgado 38 administrativo de Bogotá ha condenado a la Presidencia de la República como representante del Estado y al extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) a pagar 1.100 millones de pesos (unos 289.000 euros) a la exsenadora Piedad Córdoba y a sus familiares más cercanos por los seguimientos y escuchas ilegales perpetradas por el extinto DAS entre 2005 y 2008.

El fallo ordena además al director del Departamento Administrativo de Presidencia realizar un acto de desagravio para ofrecerle disculpas públicas a Córdoba por los seguimientos ilícitos y a reconocer la inviolabilidad de la intimidad, honra y buen nombre de las personas. También deberá colgar en su página web esta sentencia y comprometerse a no volver a repetir lo que vivió la excongresista, informa el diario colombiano 'El Tiempo'.

La sentencia asegura que aunque el Estado tenía la facultad de recaudar información para mantener la seguridad nacional, no está permitido que use como pretexto esas labores de inteligencia para emplear recursos públicos "con el único propósito de recopilar información privada de la oposición para desacreditar a sus militantes".

El fallo, de 49 páginas, asegura que está probado que el antiguo DAS "realizó tareas de inteligencia, seguimientos y acciones tendientes a desacreditar la imagen pública de Piedad Esneda Córdoba con propósitos prohibidos por la Constitución Política y la Ley".

El documento dice que si bien las actividades de inteligencia y contrainteligencia "constituyen mecanismos legítimos de las autoridades públicas en la consecución de los postulados estatales", en el caso de Córdoba, esas actividades del DAS "no se utilizaron para prevenir, controlar y neutralizar situaciones que pusieran en peligro los fines legítimos del Estado sino para desprestigiar a la demandante, desbordando totalmente el marco de la legalidad".

El fallo asegura que a Córdoba le interceptaron y monitorearon sus correos electrónicos, registros de telefonía celular, reportes financieros e infiltraron su esquema de seguridad con agentes del Estado que tenían como misión informar de todos los movimientos de la excongresista, de sus charlas en universidades y hasta sobre su vivienda.

La decisión recuerda que tanto el capitán de la Armada Nacional Jorge Alberto Lagos León, quien era subdirector de inteligencia del DAS entre el 9 de noviembre del 2005 y el 1 de marzo del 2009, así como el capitán Fernando Alonso Tabares Molina, quien fue director de inteligencia de la entidad entre mayo del 2007 y febrero del 2009, fueron condenados por las labores ilegales de inteligencia contra Piedad Córdoba y otros personajes públicos.

También fueron condenados por la Corte Suprema de Justicia el exdirector administrativo de presidencia, Bernardo Moreno, y la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado por los seguimientos ilegales contra varios políticos, periodistas y magistrados.

La decisión asegura que Hurtado, como directora del DAS, sabía que no tenía un fin legítimo para hacerle seguimientos a Córdoba, pero aún así dio las órdenes a sus subalternos de obtener la información deseada "que sería destinada al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República", en el gobierno del entonces presidente, Álvaro Uribe.

Córdoba, explica la sentencia, "fue señalada por el expresidente Álvaro Uribe Vélez como coautora de una conducta punible cuando ostentaba el cargo de congresista lo que la expuso al inicio oficioso de una investigación penal de la Corte Suprema de Justicia, en agosto del 2008 y que culminó en el año 2012".

Ese año la Corte archivó la investigación que se había iniciado contra Córdoba por los señalamientos que la vinculaban con la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). El fallo asegura que los "señalamientos falsos" que se hicieron contra Córdoba llevaron a que se iniciara la investigación penal.