Actualizado 31/03/2017 03:04

Los colombianos ya podrán cotizar para la pensión en Argentina

   BOGOTÁ, 20 Nov. (Notimérica) -

   Colombia y Argentina han suscrito un acuerdo que permite a los colombianos que, emigren o que ya estén trabajando en Argentina, acumular semanas de cotización para obtener la pensión cuando cumplan los requisitos para obtenerla.

   La ministra de Trabajo, Clara López Obregón, ha indicado en un comunicado que: "lo que buscamos es que los trabajadores colombianos accedan a la pensión, permitiéndoles cotizar la totalidad de los periodos tanto en Argentina, Colombia u otros países donde hayan trabajado para que cuando lleguen a su etapa adulta puedan pensionarse sumándolos todos".

   Colombia tiene este mismo convenio con España y Chile, ha recordado López quien ha asegurado que de lo que se trata es de ampliar los mecanismos de protección social para los colombianos en el exterior, y de los extranjeros en el país.

   El convenio con España funciona desde 2008 y al 30 de junio pasado, se habían recibido alrededor de 6.000 solicitudes de pensión.

   Cabe destacar que los acuerdos se han firmado con países a donde han emigrado una cantidad notable de colombianos, como es el caso de Argentina: cerca de 28.000 nacionales radicados de forma permanente y legal, aunque la cifra podría ser mucho más alta por el subregistro existente.

   Así mismo, hay que señalar que este convenio bilateral no modifica la normativa propia de seguridad social en cada país. El aporte solo puede ser usado para pensiones y si llegase a haber un periodo de trabajo en las dos naciones se descartará uno de los dos.

ALGUNOS PUNTOS DEL ACUERDO

   1. Se permite reconocer la igualdad de derechos sociales entre los trabajadores colombianos y los trabajadores de los países con los que se han suscrito los acuerdos.

   2. Conservar los derechos pensionales adquiridos o en curso de adquisición; así como la de sus familiares beneficiarios, sobrevivientes o a quienes se les traspasen los derechos.

   3. Poder exigir el sometimiento y cumplimiento de los derechos prestacionales en los países con los cuales se tiene Convenio, evitando contrataciones sin el acatamiento de los mismos.

   4. Facilita el desplazamiento temporal de trabajadores dependientes e independientes entre países con el que se tiene Convenio, permitiéndoles trabajar en el otro Estado sin tener que afiliarse al sistema pensional, porque se encuentran afiliados en el país de origen.

   5. Conservar los derechos pensionales adquiridos o en curso de adquisición; así como la de sus familiares beneficiarios, sobrevivientes o a quienes se les traspasen los derechos