Actualizado 15/10/2012 22:49

Cuba.- La condena de cuatro años a Carromero permitiría que no ingresase en prisión si es trasladado a España

Ángel Carromero, en un acto con Esperanza  Aguirre
CEDIDA POR EL PP DE MADRID

El Gobierno cubano tendría que autorizar previamente que el dirigente de NNGG cumpla en nuestro país la pena impuesta


MADRID, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

La condena de cuatro años de privación de libertad que la justicia cubana ha impuesto al dirigente de Nuevas Generaciones (NNGG) del PP Angel Carromero por el homicidio imprudente de dos destacados disidentes cubanos abre la puerta a que el español no tenga que ingresar en prisión si Cuba autoriza su traslado a España, informan a Europa Press fuentes diplomáticas y penitenciarias.

Una vez que el proceso judicial contra Carromero concluya y haya sentencia firme --tanto el acusado como el fiscal pueden recurrir la sentencia conocida hoy ante el Tribunal Supremo Popular-- el joven dirigente de NNGG tiene dos opciones para conseguir regresar a España.

La primera y más beneficiosa para él sería que el Gobierno cubano decidiera expulsarle de la isla, con lo que su condena quedaría extinguida, es decir, que quedaría libre.

La segunda opción pasa por que los Gobiernos de España y Cuba decidan aplicar el convenio bilateral de 1998 que permite el traslado de personas condenadas, de manera que Carromero regresara a nuestro país para cumplir aquí su condena.

Como la pena impuesta a Carromero es menor a cinco años, la Dirección General de Instituciones Penitenciarias podría conceder directamente a Carromero el tercer grado sin necesidad de que tuviera que cumplir antes una parte de su condena en prisión, en virtud de la Reforma del Código Penal de 2003, explican a Europa Press fuentes penitenciarias.

Con el tercer grado, un preso sólo tiene que pernoctar en prisión, aunque hay una modalidad de tercer grado por la que el recluso es vigilado mediante control telemático y ni siquiera tiene que dormir en la cárcel, según prevé el reglamento penitenciario.

A la hora de conceder un tercer grado, se tiene en cuenta aspectos como el arraigo o el hecho de tener un trabajo, elementos que son de aplicación en el caso de Carromero.

En caso de que el dirigente de NNGG solicite formalmente su traslado a España --una vez haya sentencia firme-- España tendría que ofrecer a Cuba una "indicación aproximada de cómo se cumplirá la condena en el Estado de cumplimiento y la fecha de extinción de la pena o medida", según establece el convenio bilateral de traslado de condenados.

El acuerdo permitiría deducir "íntegramente" a la condena el tiempo que Carromero ha pasado en prisión provisional en la isla, según estipula el artículo 12 del convenio bilateral.