Actualizado 07/03/2007 16:17

Ecuador.-El Constitucional no admite la demanda del Congreso contra el referéndum que decidirá la Asamblea Constituyente

El Parlamento sustituye al presidente del Tribunal Supremo Electoral por la convocatoria "irregular" de la consulta popular


QUITO, 7 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Comisión de Admisión y Calificación del Tribunal Constitucional de Ecuador consideró no admisible la demanda de inconstitucionalidad planteada por el Congreso para detener el proceso de referéndum para la aprobación de una Asamblea Constituyente y que fue convocado por el Tribunal Supremo Electoral.

Según explicó el presidente del Constitucional, Santiago Velásquez, el documento enviado por el Congreso presenta algunas imprecisiones sobre lo que se demanda, por lo que enviará el documento nuevamente al Parlamento para su revisión.

"El momento en que el Congreso Nacional realice la revisión sobre los puntos precisados por el Tribunal Constitucional, éste acogerá nuevamente la demanda, la misma deberá pasar por segunda vez por la Comisión de Calificación", indicó en declaraciones a los medios de comunicación locales. El tribunal, entonces, tendrá tres días para definir si la demanda es admisible o no.

Por otro lado, la mayoría del Congreso (52 votos), que aparentemente funciona en base a la agenda del Partido Sociedad Patriótica (PSP) y que la completan el Partido Renovador Institucional de Acción Nacional (PRIAN) y el Partido Social Cristiano (PSC), resolvió sustituir al presidente del Tribunal Supremo Electoral, Jorge Acosta, por Alejandro Cepeda, hombre de confianza del PSP.

La decisión fue calificada por diputados de la minoría como "inconstitucional" y fue vista como una maniobra para "torpedear la consulta", en palabras de Ramsés Torres, de la formación Pachakutik.

El argumento fue que Acosta votó a favor de la resolución mediante la cual el organismo que presidía convocó el 1 de marzo la consulta popular para el próximo 15 de abril para decidir la formación de una Asamblea Constituyente.

DECISIÓN NO CONTEMPLADA EN LA CARTA MAGNA

Sin embargo, el diputado Santiago Guarderas, de Red Ética y Democrática (RED), enfatizó que la Constitución no prevé la sustitución de los vocales del Tribunal Supremo Electoral mediante resolución simple, sino la destitución dentro del enjuiciamiento político si es que se establece su culpabilidad.

Paradójicamente, la mayoría PSP, PRIAN y PSC anunció que hoy presentará la solicitud de enjuiciamiento político de Acosta y los otros tres vocales que votaron por la convocatoria de consulta popular por haberlo hecho y "violar" la Constitución.

Los diputados de Unión Democrática Cristiana (UDC), que generalmente actúan de acuerdo con esa mayoría, esta vez no votaron. Tampoco lo hizo el diputado Franco Romero, del PSC, ni el presidente del Congreso, Jorge Cevallos (del PRIAN), quien no estuvo en el momento de la votación.

La resolución legislativa también solicita al fiscal general que adopte las medidas necesarias en contra de quienes impidan su ejecución, y además, fue puesta en conocimiento del contralor del Estado para que arbitre las medidas necesarias para salvaguardar el buen uso de los recursos públicos del tribunal electoral, así como del gerente general del Banco Central para que no permita el manejo de las cuentas del organismo electoral por parte de Acosta por haber perdido la condición de presidente de este organismo.

Con la resolución de ayer cambia la correlación de fuerzas en el tribunal a favor de los partidos que se oponen a la consulta popular. Se trata del PSP, PRIAN, PSC y UDC. De esta manera, el organismo electoral no podrá aplicar sanciones a los organismos o funcionarios que interfieran el proceso de la consulta.