Actualizado 07/05/2006 20:45

España/Bolivia.- El proceso de apelación del arraigo de Villanueva podría prolongarse varios meses


LA PAZ, 7 May. (EUROPA PRESS) -

El proceso de apelación del arraigo del empresario sevillano Javier Villanueva, que el pasado 13 de marzo quedó en libertad sin cargos tras el veredicto unánime de inocencia dado por el jurado que enjuició el caso en Bolivia por el asesinato de la fiscal antidroga Mónica Von Borries, podría demorarse varios meses, dada la recusación de las salas de vocales llevadas a cabo por su defensa.

En declaraciones a Europa Press, Villanueva explicó la recusación de las salas en la influencia que en ellas tiene el padre de la víctima, Jorge Von Borries, "que ya ha estado diciendo muchas tonterías y presionando a los fiscales sobre el tema".

Así, teniendo en cuenta que en la Corte de Santa Cruz hay dos secciones penales, dos civiles y una administrativa, el recurso debería pasar por todas las secciones, lo que retrasará el proceso varios meses. De las cinco salas de vocales existentes en la sección penal que entiende del caso, la Sala Primera ya ha sido recusada por la representación legal de Villanueva, encontrándose en el mismo proceso la Sala Segunda.

La intención del sevillano es la de conseguir que el proceso se vea en Cochabamba, "ya que es un lugar imparcial, donde no existen presiones de ninguna clase, ni siquiera mediática, ya que los medios vuelven a hacer campaña en cuanto el caso se reaviva un poco".

Villanueva presentó el recurso de apelación contra la orden de arraigo dictaminada por los jueces y por la que se le impide abandonar el país boliviano. La apelación, según éste, se presentó bajo el argumento de que, una vez que fue absuelto por el tribunal del jurado, "deben suspenderse todas las medidas personales" impuestas contra su persona.

Así, recordó que la medida de arraigo que le fue impuesta es "ilegal completamente" pues, según el artículo 364 del nuevo Código de Procedimiento Penal de Bolivia, "cuando se dicta una sentencia absolutoria, debe decretarse la libertad del imputado en el acto, la cesación de todas las medidas cautelares personales y se fijarán las costas (...) La libertad se ordenará aún cuando la sentencia no esté ejecutoriada y se cumplirá directamente desde la Sala de la Audiencia".