Publicado 07/02/2020 13:12

España.- El TC rechaza amparar a Puigdemont contra la suspensión de cargo público como diputado del Parlament

Inadmite por prematuro el recurso contra el auto de Llarena que pedía aplicarle el 384 bis de la LECrim por su procesamiento en el 'procés'

MADRID, 7 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha inadmitido por prematuro el recurso de amparo presentado por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont contra el auto del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena con el que cerró la instrucción de la causa del 'procés' y consideró que la Mesa debía suspenderle de sus funciones y cargo público, en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) debido a su procesamiento .

El tribunal de garantías ha tomado esta decisión por unanimidad al entender que Puigdemont no ha agotado la vía judicial. La sentencia, con fecha del pasado 28 de enero, explica que la presentación del recurso de amparo es "prematura al haber coincidido temporalmente con la sustanciación de recursos interpuestos en el procedimiento judicial contra la resolución impugnada ante este tribunal".

La defensa de Puigdemont acudió en octubre de 2018 al TC para impugnar el auto dictado el 9 de julio de ese año por el instructor del proceso independentista, al entender que esta resolución aún no había adquirido firmeza y que por tanto se estaba vulnerando el derecho de los ciudadanos a participar en asuntos públicos a través de sus representantes, así como su derecho a acceder y permanecer en condiciones de igualdad en el ejercicio del cargo público que ostenta.

El TC destaca que precisamente sobre esta resolución del juez Llarena se presentaron los correspondientes recursos ante el propio magistrado y ante la Sala de lo Penal, lo que hace que quede "constatado que al tiempo de ser interpuesta la demanda de amparo aún pendían de resolver, en sede judicial, los recursos interpuestos contra el auto que es objeto de impugnación en el presente recurso".