Actualizado 30/05/2018 08:32

Los exguerrilleros de las FARC que hayan sido pedidos en extradición no podrán ser juzgados previamente por la JEP

Simpatizante del partido FARC
REUTERS / JAIME SALDARRIAGA - Archivo

   BOGOTÁ, 29 May. (Notimérica) 

   Las comisiones primeras del Senado y la Cámara de Colombia han aprobado este martes que los excombatientes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) que hayan sido pedidos en extradición no podrán ser juzgados previamente por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

   Así lo han decidido durante la votación del proyecto de ley que crea el procedimiento para que la justicia transicional procese a los actores del conflicto armado.

   En concreto, la aprobación corresponde a un artículo del proyecto que ha generado polémica. El grupo de la antigua guerrilla pedía que los excombatientes fueran juzgados por la JEP antes de avalarse su extradición. El grupo gubernamental, por su parte, prefería que la JEP solo avale las fechas en que se cometió el presunto delito por el que se pide la extradición y que éste se cometió después de firmarse el acuerdo de paz. Esa segunda opción es la que ha visto la luz.

   "Varios congresistas pedimos que la JEP solamente pueda dar el aval sobre las fechas de la supuesta comisión del delito y que no practique ningún tipo de prueba para ello", contó el representante a la Cámara por el Partido Conservador y miembro de la Comisión Primera de la Cámara, Óscar Fernando Bravo, según informa 'El Tiempo'.