Actualizado 21/02/2006 19:27

Guatemala.- Audiencia Nacional confirma competencia para juzgar genocidio de Guatemala tras sentencia del Constitucional


MADRID, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la competencia de este tribunal para juzgar el presunto genocidio del pueblo maya cometido por las autoridades de Guatemala entre los años 1978 y 1986, tal y como resolvió el Tribunal Constitucional en una sentencia del 26 de septiembre de 2005 que declaraba que la Justicia española podía investigar crímenes contra la humanidad cometidos fuera de España, aún en el caso de que no se registrarán víctimas de nacionalidad española.

Así lo ratifica el Pleno en un auto en el que rectifica su propia decisión, del 13 de diciembre de 2000, de archivar las diligencias abiertas para investigar el presunto genocidio, ya que entonces consideró que no procedía en aquel momento "el ejercicio de la jurisdicción penal española para la persecución de los referidos hechos", tal y como había solicitado la Fiscalía.

Esta decisión de la Audiencia Nacional de archivar la investigación judicial -por presuntos delitos de genocidio, torturas, terrorismo, asesinato y detención ilegal-, fue recurrida ante el Tribunal Supremo por la Premio Nobel de la Paz, Rigoberta Menchú, por el sindicato CC.OO. y por otras asociaciones.

Por su parte, el Tribunal Supremo acordó el 25 de febrero de 2003 estimar parcialmente el recurso, declarando la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar e investigar los hechos, pero sólo en el caso de aquellos que hubiesen sido cometidos contra cuatro ciudadanos españoles en el asalto a la embajada de España en enero de 1980.

Sin embargo, los apelantes interpusieron ante el Tribunal Constitucional otro recurso contra la decisión del Supremo, que fue admitido en una sentencia del 26 de septiembre de 2005, y por el que anulaba tanto la decisión de la Audiencia Nacional como la sentencia del Tribunal Supremo, y retrotraía las actuaciones judiciales hasta antes de que se pronunciase el Pleno de lo Penal de la Audiencia Nacional. Es por ello que el Pleno ha tenido que volver a resolver en sentido contrario a como lo hizo en diciembre de 2000.

JURISDICCIÓN UNIVERSAL

De este modo, la Audiencia Nacional continuará las diligencias previas abiertas a partir de la denuncia interpuesta por Rigoberta Menchú en 1999 ante el Juzgado de Guardia de la Audiencia Nacional, en la que se narraba el presunto genocidio contra la etnia maya perpetrado entre los años 1978 y 1986 por una diversidad de personas que ejercieron en dicho periodo funciones públicas de carácter civil y militar. Entre estos hechos se incluía el asalto a la Embajada de España en Guatemala, en el que fallecieron 37 personas, así como la muerte de varios sacerdotes españoles y de otras nacionalidades.

Así, la Audiencia Nacional se hace eco de la sentencia del Tribunal Constitucional y considera que el principio de jurisdicción universal no tiene "otras restricciones que las que puedan derivar de la prioridad que corresponde al Estado territorial o al Tribunal Penal Internacional".

El Tribunal Constitucional consideró en su novedosa sentencia que la jurisdicción universal prima sobre la existencia o de intereses nacionales afectados por el genocidio, lo que supuso un impulso para la apertura de investigaciones penales en España de genocidios y delitos contra la humanidad cometidos en Sudamérica u otras regiones.