Publicado 14/01/2020 16:25

Hungría.- Abogado General del TUE considera ilegal la ley húngara que restringe la financiación extranjera a ONG

Hungría.- Abogado General del TUE considera ilegal la ley húngara que restringe
Hungría.- Abogado General del TUE considera ilegal la ley húngara que restringe - Attila Volgyi

BRUSELAS, 14 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) considera que las restricciones a la financiación extranjera de ONG establecida en las leyes de Hungría suponen una violación de los derechos en la UE. En su dictamen, el Abogado General Manuel Campos asegura que la ley restringe la libre circulación de capitales y supone una injerencia en la protección de datos personales.

El Gobierno húngaro aprobó en 2017 una ley que abría la puerta a sancionar a ONG que no se registraran como "organizaciones apoyadas desde el exterior" si reciben donaciones desde el extranjero superiores a los 24.000 euros anuales y no informan al Gobierno de las mismas. Por su parte, la Comisión Europea abrió en julio un procedimiento de infracción contra Hungría al considerar "discriminatoria" la legislación.

Ahora el Abogado General del TUE ve discriminatorias las condiciones establecidas en la ley porque "constituyen una restricción al principio de libre circulación de capitales" y afectan tanto a las organizaciones, que "pueden tener dificultades de financiación", como a los donantes extranjeros, que pueden verse "estigmatizados" por la publicación de detalles sobre estas donaciones.

"El hecho de que el nombre del donante esté indisociablemente unido al dato de una donación en beneficio de una organización civil constituye un vínculo que revela por sí solo una afinidad entre el donante y dicha organización, que puede contribuir a definir el perfil ideológico del primero", detalla el abogado español.

Según explica en su dictamen, la publicación de estos detalles puede incidir en una afinidad ideológica que "puede ser comprometedora en el contexto nacional húngaro" y, aparte, significa una "injerencia" en los derechos relativos a la protección de la vida privada y los datos personales.

Además, Campos argumenta que las medidas se aplican únicamente en el caso de las donaciones provenientes del extranjero, "por lo que afectarán con mucha mayor probabilidad a los nacionales de otros Estados miembros que a los nacionales húngaros".

LAS RESTRICCIONES NO ESTÁN JUSTIFICADAS

El Abogado General del TUE apunta a que la polémica legislación húngara es además "desproporcionada" ya que el umbral de 24.000 euros anuales es "excesivamente bajo" dada la injerencia que significa. Además trata la financiación dentro de la UE igual que si fuera del exterior del bloque y también porque el incumplimiento por parte de las ONG puede acarrear su disolución.

A su vez, en su escrito valora los argumentos esgrimidos por el Gobierno de Viktor Orban para establecer esta ley y concluye que, en todo caso, el interés general de Hungría no justifica estas medidas.

"Si bien el objetivo de la protección del orden público podría legitimar medidas impuestas a las organizaciones civiles sospechosas de vulnerarlo, no permite validar una regulación generalizada que impone a todas ellas, con carácter previo, las obligaciones litigiosas", recalca Campos.

Es más, señala que las disposiciones legislativas de la UE sobre a la lucha contra el blanqueo de capitales y contra la financiación del terrorismo "son suficientes" para garantizar la protección adecuada.

Las conclusiones del Abogado General no son vinculantes de cara a la futura sentencia, pero los fallos del TUE siguen la línea marcada por los dictámenes en el 80 por ciento de los casos.