Archivo - México.- El Supremo declara inconstitucional el aborto sin consentimiento para mujeres "imposibilitadas" para decidir - Isaías Hernández/NOTIMEX/dpa - Archivo
MÉXICO, 17 Feb (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo de México tomó una decisión histórica este lunes al declarar inconstitucional la interrupción del embarazo sin el consentimiento de la mujer en casos donde se consideraba que estaba "imposibilitada" para decidir, en un fallo que revoca una parte del Código Penal de Sinaloa. Este veredicto elimina la disposición que permitía el aborto bajo estas circunstancias, respetando así la autonomía y los derechos reproductivos de las personas con discapacidad.
"La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucional una parte del Código Penal de Sinaloa que permitía interrumpir un embarazo sin el consentimiento de la mujer o persona gestante cuando se considerara que estaba 'imposibilitada' para decidir", informó el tribunal en redes sociales. Esta medida se tomó tras la falta de acción por parte del Congreso de Sinaloa para modificar la norma dentro del plazo otorgado por el Tribunal, lo que llevó a la eliminación de la frase "no será necesario el consentimiento" del artículo en cuestión.
Es destacable que este párrafo anulado se aplicaba principalmente en situaciones involucrando personas con discapacidad, lo que la Primera Sala del Tribunal calificó como una práctica discriminatoria que infringe el modelo social de discapacidad. La corte enfatizó en su declaración que "cualquier concepto que implique ideas de inferioridad, invalidez o insuficiencia no sólo constituye una forma de discriminación, sino que además resulta incompatible con el modelo social de la discapacidad", puntualizando en el sistemático desconocimiento del control que tienen las mujeres y personas con capacidad de gestar, sobre su salud sexual y reproductiva debido a su condición.
La eliminación de esta porción de la normativa asegura que en adelante se deberá obtener el "consentimiento previo, libre, pleno e informado de las mujeres y personas con capacidad de gestar", reforzando los derechos a decidir, la capacidad jurídica, la autonomía reproductiva, la salud, y la igualdad y no discriminación de acuerdo al modelo social de discapacidad.
Este fallo también tiene importancia retroactiva, aplicándose de manera benéfica a aquellas personas que actualmente enfrentan procesos judiciales o han sido sentenciadas por el delito de aborto bajo las condiciones ahora revocadas, marcando un precedente en la protección de los derechos de las mujeres y personas gestantes con discapacidad en México.