Publicado 06/05/2022 20:22

Perú.-La ONU acusa a Perú de no proteger el derecho a la vida y la reunión pacífica de dos manifestantes muertos en 2008

Archivo - Imagen de archivo de agentes de policía de Perú.
Archivo - Imagen de archivo de agentes de policía de Perú. - CARLOS GARCIA GRANTHON / ZUMA PRESS / CONTACTOPHOT

MADRID, 6 May. (EUROPA PRESS) -

El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha acusado a las autoridades de Perú de no proteger los derechos a la vida y de reunión pacífica en el caso de dos manifestantes muertos por disparos de la Policía en una protesta en 2008 en el departamento de Ayacucho (sur).

En aquella manifestación, celebrada a mediados de febrero, Emiliano García y Rubén Pariona protestaban junto con otras 700 personas por las condiciones agrarias del país cuando recibieron sendos disparos en la cabeza que acabaron con su vida de forma inmediata.

Según el Comité de Derechos Humanos de la ONU, las autoridades peruanas no solo violaros los mencionados derechos de García y Pariona, sino que además no investigaron el suceso ni llevaron a los responsables ante la justicia para rendir cuentas.

"El uso de la fuerza potencialmente letal para el mantenimiento del orden público es una medida extrema a la que solo se debe recurrir cuando sea estrictamente necesario para proteger la vida o evitar lesiones de gravedad derivadas de una amenaza inminente", ha recordado este viernes el Consejo de Derechos Humanos en una resolución al respecto del suceso de Perú.

En esta línea, el organismo de Naciones Unidas ha hecho hincapié en que los Estados partes son responsables de tomar todas las medidas necesarias para evitar la privación arbitraria de la vida por parte de sus agentes de seguridad encargados de hacer cumplir la ley.

El miembro del Comité Carlos Gómez Martínez ha añadido que "cualquier uso de la fuerza debe estar en línea con los principios fundamentales de legalidad, necesidad y proporcionalidad", a la par que ha incidido en que "nunca se deberían utilizar armas de fuego con el único propósito de dispersar una reunión".

"La privación arbitraria de la vida por parte de agentes estatales es un asunto de suma gravedad. La obligación de proteger el derecho a la vida también requiere que los Estados partes investiguen y juzguen los posibles casos de privación ilícita de la vida, sancionen a los responsables y proporcionen una reparación integral", ha apuntado Gómez.

Las autoridades peruanas impulsaron en 2009 una Comisión Investigadora del caso que, más tarde, emitió un informe en el que declaraba ambas muertes como "ejecuciones extrajudiciales" y acusaba a los oficiales al mando de "incumplir su obligación de garantes de la vida de los ciudadanos en un operativo policial, y de control de sus subordinados".

Sin embargo, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha denunciado este viernes que las investigaciones judiciales sobre los dos homicidios "no se llevaron a cabo de manera adecuada". En esta línea, han informado de que la presunta arma homicida fue entregada a la propia Policía y no a la Oficina Criminalista, por lo que posteriormente el resultado del análisis del arma indicó que no presentaba características de haber sido utilizada para disparar.

Precisamente este fue el principal argumento con el que el Tribunal Superior de Justicia de Ayacucho absolvió al acusado en 2013 y el Tribunal Supremo de Justicia confirmó dicha absolución tres años más tarde, en 2016.