Publicado 08/07/2021 13:15

Polonia.- Abogado General TUE dice que nombramiento en la era comunista no cuestiona la independencia de jueces polacos

BRUSELAS, 8 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha señalado este jueves que Polonia no puede vetar a jueces alegando falta de independencia por ocupar cargos en órganos judiciales durante la era comunista.

En opinión del abogado checo Michal Bobek, se tiene que valorar que la institución judicial no está "secuestrada" por la participación de una serie de miembros, por lo que no da lugar para rechazar a los candidatos por estos aspectos.

Este caso responde a la pregunta prejudicial del Tribunal Supremo polaco a cuenta del nombramiento de tres jueces del tribunal de Breslavia, y sigue a la serie de casos relativos al poder judicial de Polonia que se dirimen en el TUE.

Bobek razona que en el proceso de elección de jueces confluyen distintos factores tanto formales como institucionales para determinar su independencia, pero el peso de estos elementos debe valorarse a la vista de un contexto general y no 'per se' o de forma aislada.

Es por ello que considera que adoptar medidas contra jueces que fueron nombrados para órganos judiciales durante el régimen comunista varias décadas tras la caída de dicho régimen "no parece ser objetivamente necesario para una sociedad democrática". Además alega que el hecho de que algunos jueces iniciaran su carrera durante la era comunista no es un elemento que ponga en duda su independencia en la actualidad.

A juicio del Abogado General, el bloqueo de algunos jueces por motivos políticos y personales ataca al corazón del sistema legal basado en el Estado de Derecho y a una democracia en la que se practique la separación de poderes.

En este sentido, Bobek recuerda que la carta de derechos fundamentales, que consagra el derecho a una efectiva defensa ante tribunales imparciales, pide a los tribunales nacionales verificar si existen irregularidades en el procedimiento de nombramiento de jueces, lo que supondría una quiebra del Derecho europeo.

Las conclusiones del Abogado General no son vinculantes para el tribunal con sede en Luxemburgo, aunque en la mayoría de los casos la sentencia que se dicta meses después suele seguir la línea marcada por este dictamen.