Publicado 15/04/2021 11:36

Polonia.- El Abogado General del TUE ve ilegalidades "flagrantes" en la designación de jueces del Supremo en Polonia

Archivo - Andrzej Duda, presidente de Polonia
Archivo - Andrzej Duda, presidente de Polonia - Hubert Mathis/ZUMA Wire/dpa - Archivo

BRUSELAS, 15 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha concluido este jueves que la designación directa por parte del presidente de Polonia de jueces para las nuevas salas de control disciplinario del Tribunal Supremo, esquivando el procedimiento que marca la Constitución, plantea "numerosas violaciones potencialmente flagrantes" del Derecho y pueden dañar la independencia judicial.

Los dictámenes de los abogados generales del tribunal europeo no son vinculantes aunque las sentencias posteriores suelen seguir la línea marcada por estas conclusiones en la gran mayoría de los casos.

La Justicia europea analiza en estas conclusiones las cuestiones prejudiciales planteadas desde Polonia por el caso de un juez del Consejo Nacional de la Magistratura (KRS) que revocado tras expresar públicamente críticas por las reformas judiciales impulsadas por el Gobierno.

El afectado recurrió ante el Tribunal Supremo y recusó a todos los magistrados que formaban la sala de control que debía analizar su caso al considerar que tanto la composición como la modalidad de selección de jueces de la misma contravenía las disposiciones de la Constitución.

La Justicia europea también se ocupa en este análisis del caso de otro juez de un tribunal municipal al que se abrió un procedimiento disciplinario.

En sus conclusiones, el abogado general del TUE apunta irregularidades en la designación y composición de las nuevas salas del Supremo -creadas en el marco de una polémica reforma judicial que la Comisión Europea también ha denunciado ante el Tribunal europeo--.

El abogado europeo indica, por ejemplo, que el proceso se ha llevado a cabo sin el control que exige la Constitución y porque se pusieron "obstáculos de manera deliberada" al control jurisdiccional previo al acto de nominación.

En este contexto, el abogado del TUE advierte de que no queda garantizada la independencia judicial y subraya que una Sala no constituye una jurisdicción independiente e imparcial cuando las condiciones objetivas en las que fue creada y sus características generan "dudas legítimas" sobre la impermeabilidad de dicha sala, en especial con respecto a la posible influencia directa o indirecta de los poderes legislativo y ejecutivo.