Actualizado 18/08/2006 03:18

El Salvador.- Las visitas a las cárceles serán prohibidas hasta 15 años por introducir objetos prohibidos


SAN SALVADOR, 18 Ago. (EUROPA PRESS) -

El presidente de El Salvador, Antonio Saca, informó el jueves que ya se ha aprobado la reforma penitenciaria con la que se busca evitar que los internos de las cárceles organicen actos delictivos con ayuda externa. Así, la norma establece que los visitantes que introduzcan objetos prohibidos en los penales tendrán prohibido el acceso a éstos por un periodo de entre seis meses y 15 años.

"Vamos a impedir el ingreso de celulares a las cárceles. Le damos más herramientas a la Dirección de Centros Penales y a Gobernación, para tomar medidas y poner orden porque gran parte de algunos delitos que se cometen en el país se dirigen desde los penales", manifestó el mandatario.

De este modo, los visitantes tendrán prohibido entrar en las cárceles con aparatos de telecomunicación, electrónicos o de baterías como teléfonos móviles, así como chips y tarjetas telefónicas, y otra serie de objetos que establece el artículo 14-C del Régimen de Visitas a los Centros Penales.

Así, se suspenderá a una persona sus visitas a un penal entre seis meses y un año por causar, promover o incitar desórdenes, incumplir el horario de visitas, no respetar a los funcionario y violar el reglamento interno.

También se prohibirá la entrada a un visitante por un periodo de uno a tres años por introducir aparatos eléctricos, teléfonos móviles, bebidas alcohólicas así como su consumo, materiales que puedan ser usados para hacer fuego e medicamentos prohibidos por el personal médico del penal.

El ingreso o consumo de drogas de cualquier tipo y el ingreso de cualquier arma u objeto que se pueda utilizar como arma llevará a la persona a perder su derecho a visitar a un recluso en un centro penitenciarios durante un plazo de 10 a 15 años.

EL DOBLE POR REINCIDIR

La reforma a la ley establece que en caso de reincidencia la suspensión de entrada a los centros penales podrá ser hasta el doble del máximo señalado. Los responsables de estas conductas también responderán por la acción penal en que hayan incurrido.

La comisión legislativa también aprobó, dentro de las enmiendas, ampliar los derechos y las obligaciones que tienen los internos de los diferentes centros penales, lo que permite a las autoridades trasladar a todo aquel interno a un sector o penal diferente por contravenir las prohibiciones.

La ley también prohíbe que los visitantes e internos utilicen ropa similar a la de los vigilantes y empleados de los centros penitenciarios. Además, se prohíbe a los reos tener en su poder aparatos como ventiladores, cocinas, televisores y radios.

La referida legislación entró en vigor en 1998, junto con los códigos Penal y Procesal Penal, que también serán reformados para aumentar las penas en varios delitos.