Publicado 05/11/2021 06:43

El Tribunal Constitucional de Ecuador reduce a 30 días el estado de excepción decretado para enfrentar la inseguridad

Archivo - Un agente de la Policía de Ecuador.
Archivo - Un agente de la Policía de Ecuador. - SANTIAGO ARMAS / ZUMA PRESS / CONTACTOPHOTO

MADRID, 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional de Ecuador ha dispuesto este jueves la reducción a 30 días del estado de excepción decretado por el presidente del país, Guillermo Lasso, para enfrentar la ola de inseguridad y delincuencia principalmente derivada del narcotráfico.

"Por no haberse justificado la duración de 60 días --como ordenó el presidente--, el ámbito temporal del referido decreto y la medida de movilización de las Fuerzas Armadas, se limitará (el estado de emergencia) a 30 días contados desde su expedición", ha indicado el Constitucional en su resolución.

De este modo, ahora el estado de excepción terminará el 18 de noviembre, mientras una prórroga tendrá que contar con la justificación suficiente para que proceda, ha indicado el Tribunal, según recoge el medio ecuatoriano 'El Universo'.

Asimismo, respecto a la movilización de las Fuerzas Armadas, la resolución del Constitucional ha señalado que se limitará a las provincias de El Oro, Guayas, Santa Elena, Manabí, Los Ríos, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Sucumbíos, por ser estas circunscripciones en las que Lasso justificó al decretar el estado de emergencia.

De este modo, se evita que el despliegue de las fuerzas se pueda extender a otras provincias, una posibilidad que el mandatario ecuatoriano había dejado abierta.

Con esta decisión, el Constitucional hace una segunda observación a las Fuerzas Armadas por su papel en el marco de dos decretos de Lasso, en este caso por el estado de excepción motivado por la inseguridad y, anteriormente, por la emergencia carcelaria.

En la observación relacionada con el actual decreto, el Tribunal incide en que la movilización de los militares debe restringirse a operaciones en las que realicen funciones complementarias a las de la Policía, siempre que sea necesaria su intervención y esta tenga proporcionalidad.

"La actividad de la fuerza pública (Policía Nacional y Fuerzas Armadas) se debe enmarcar en los estándares de uso progresivo de la fuerza y en el respeto a los derechos humanos de toda la población", ha subrayado.

Por último, el Tribunal Constitucional ha reclamado a Lasso que le remita un informe al respecto cuando concluya el estado de excepción. Este documento, ha aclarado, debe incluir las medidas concretas adoptadas y las que se adoptarán a corto, mediano y largo plazo con el propósito de reforzar el sistema de seguridad del país.

Igualmente, ha pedido a la Defensoría del Pueblo que haga un seguimiento a las acciones enmarcadas en el estado de excepción y ha advertido de que si el organismo "verifica que se han producido violaciones a derechos constitucionales, deberá activar los mecanismos y acciones necesarias".