Publicado 18/12/2020 12:21

UE.- El BCE propone a Frank Elderson para la vicepresidencia del Consejo de Supervisión

El miembro del Comité Ejecutivo del BCE, Frank Elderson.
El miembro del Comité Ejecutivo del BCE, Frank Elderson. - BCE

MADRID, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo (BCE) ha remitido al Parlamento Europeo la propuesta de nombrar a Frank Elderson, miembro del Comité Ejecutivo de la entidad desde hace tres días, como próximo vicepresidente del Consejo de Supervisión del BCE, según ha informado este viernes en un comunicado.

De esta forma, Elderson sustituirá a Yves Mersch, que ya abandonó el cargo tanto en el Consejo de Supervisión como en el BCE. Elderson accedió al Comité Ejecutivo del instituto emisor en sustitución de Mersch, pero para acceder a la vicepresidencia del Consejo de Supervisión tiene que seguir el procedimiento formal de nominación.

El último cargo de Frank Elderson (Utrecht, 1970), antes de pasar a formar parte del Consejo Ejecutivo del BCE, ha sido el de director de Supervisión del Banco de Países Bajos, un puesto que ostenta desde el 1 de julio de 2011 y que le ha permitido ser también durante este tiempo miembro de la Junta de Supervisión del BCE.

Antes de formar parte de la Junta de Gobierno del Banco de Países Bajos, Elderson fue asesor general, director de la División de Servicios Legales y director del Departamento de Supervisión del ABN AMRO.

El banquero central se graduó en Derecho holandés en 1994 por la Universidad de Ámsterdam, tras haber pasado dos años estudiando también en la Universidad de Zaragoza. Después obtuvo un máster en Derecho por la Universidad de Columbia.

Elderson tendrá que comparecer ante la comisión de Asuntos Económicos y Monetarios de la Eurocámara en una fecha todavía por confirmar. Tras ese paso, el candidato todavía tendrá que recibir el visto bueno del pleno del Parlamento Europeo.

A diferencia del presidente del Consejo de Supervisión, cargo que desempeña el italiano Andrea Enria desde enero de 2019, el vicepresidente del Consejo de Supervisión tiene que ser, obligatoriamente, un miembro del Comité Ejecutivo.