Publicado 20/01/2021 13:03

UE.- La española Printeos gana en el TUE a Bruselas en un litigio sobre el cártel europeo de los sobres

Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala)
Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) - Tribunal de Justicia de la Unión Europea - Archivo


BRUSELAS, 20 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dado este miércoles la razón a la empresa española Printeos, que fue acusada de participar en el cártel europeo de los sobres de papel, en su litigio contra la Comisión Europea, que se negaba a devolver a la compañía los intereses de demora sobre el importe de una multa que la Justicia europea anuló en 2017.

El caso se remonta a 2014, cuando el Ejecutivo comunitario multó a Printeos y a otras empresas de Suecia, Francia y Alemania por participar en un cártel en el mercado europeo de sobres que afectó a varios países del bloque.

En el caso de la empresa española, la sanción ascendía a 4,7 millones de euros. Esta decisión fue recurrida por Printeos, que sin embargo pagó con carácter provisional dicha multa.

En el fallo posterior, la Justicia europea anuló la decisión de las autoridades comunitarias por falta de motivación y la Comisión procedió a devolver únicamente el importe principal de la multa pagado con carácter provisional, sin intereses.

Printeos planteó un recurso ante los tribunales europeos y el Tribunal General (de primera instancia) sentenció que la Comisión debía reparar el daño sufrido por la empresa como consecuencia de no haberse abonado los 184.593 euros que se le debían en concepto de intereses de demora.

En su fallo, el Tribunal General consideró que la obligación de abonar los intereses es "absoluta e incondicional", por lo que el Ejecutivo comunitario "no dispone de margen de apreciación al respecto". La sentencia fue recurrida por la institución europea y Printeos se adhirió para pedir que se determine que la fecha en que se debieron empezar a devengarse los intereses de demora es la de interposición del recurso, y no la de la sentencia.

Finalmente, el Tribunal de Justicia ha desestimado el recurso de la Comisión Europea y ha anulado la parte del fallo del tribunal de primera instancia relativa al devengo de los intereses, condenando a Bruselas a abonar a Printeos los intereses de demora respecto del periodo entre el 31 de marzo de 2017 y la fecha del pago completo del importe principal.