Publicado 24/09/2019 14:39

UE.- El TUE dice que Google puede mantener fuera de la UE los contenidos retirados por el derecho al olvido

BRUSELAS, 24 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado este lunes la razón a Google en su litigio con las autoridades francesa y ha dictado que los motores de búsqueda como el gigante estadounidense pueden limitar la aplicación del llamado 'derecho al olvido' a la Unión Europea, y por tanto mantener los contenidos retirados de los dominios europeos accesibles desde fuera de la UE.

De este modo, la Justicia europea descarta que exista un 'derecho al olvido' global, como pretendía el regulador de protección de datos francés (CNIL), aunque también avisa a Google de que, además de retirar las versiones disponibles en los distintos Estados miembro, deberá "adoptar medidas que impidan de manera efectiva o dificulten seriamente" a los internautas acceder desde algún país de la UE a los enlaces controvertidos que sigan disponibles fuera del bloque.

El tribunal con sede en Luxemburgo asume que el hecho de que se pueda acceder a información comprometida sobre una persona con intereses en la UE desde cualquier lugar del mundo puede tener "efectos inmediatos y sustanciales" sobre esa persona, por lo que señala que retirar tales contenidos en todo el mundo respondería plenamente al objetivo de la protección que persigue el Derecho comunitario.

Sin embargo, el mismo tribunal subraya que muchos países terceros no contemplan el derecho a la retirada de enlaces o lo hacen desde una perspectiva diferente. Además, precisa el TUE, el derecho a la protección de los datos "no constituye un derecho absoluto" y debe mantener el equilibrio con otros derechos fundamentales, con arreglo al principio de proporcionalidad, sabiendo que dicho equilibrio puede variar "significativamente" en las distintas partes del mundo.

Tras conocer las sentencias, la Comisión Europea ha señalado que "toma nota" del fallo y ha destacado que está "en línea" con su posición en este asunto. Además, ha remarcado que los motores de búsqueda tendrán que adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el derecho al olvido dentro del bloque.

El caso enfrenta a Google con las autoridades francesas, que exigieron a la compañía suprimir de su lista de resultados en todo el mundo la información que debiera de eliminar tras aceptar la solicitud de un particular para borrar determinados datos.

El gigante tecnológico, sin embargo, se limitó a suprimir los vínculos de los resultados mostrados como respuesta a las búsquedas efectuadas desde los nombres de dominio correspondientes a las extensiones de su buscador en los Estados miembro de la UE.

El regulador galo consideró estas medidas insuficientes e impuso una multa de 100.000 euros a Google, que recurrió la sanción ante el Consejo de Estado francés, institución que elevó el asunto al TUE. La legislación europea reconoce el derecho de particulares a pedir a los motores de búsqueda que eliminen información personal bajo determinadas situaciones, por ejemplo que los contenidos enlazados estén desactualizados o carezcan de relevancia pública.

En otra sentencia paralela también publicada este martes, el tribunal de Luxemburgo ha dictaminado que la prohibición de tratar determinadas categorías de datos personales sensibles como opiniones políticas o creencias religiosas también se aplica a los gestores de motores de búsqueda como Google.

De esta forma, el motor de búsqueda que reciba una solicitud de retirada de un enlace que dirige a una página web en la que se publican datos sensibles estará obligado a comprobar si la inclusión de dicho enlace en la lista de resultados tras una búsqueda es "estrictamente necesaria" para proteger la libertad de información de los internautas interesados en acceder a esa página web.

Se trata de una respuesta a una cuestión prejudicial planteada también por el Consejo de Estado francés sobre el recurso que interpusieron cuatro ciudadanos contra las decisiones de la CNIL en las que se negaba a pedir a Google que retirase enlaces de una lista de resultados obtenida tras una búsqueda efectuada a partir de sus nombres.

Los enlaces, en concreto, dirigían a páginas web publicadas por terceros que contenían un fotomontaje satírico publicado bajo seudónimo sobre una representante política y artículos que hacían referencia a la condición de responsable de relaciones públicas de la Iglesia de la Cienciología de uno d ellos interesados, al sumario abierto contra un político y a la condena opr agresión sexual a menores de otro interesado.