Publicado 28/09/2026 11:45

Los Veintisiete dan luz verde definitiva a las nuevas reglas sobre el pago del paro en casos transfronterizos

Archivo - Imagen de archivo de la bandera de la Unión Europea junto a varias banderas de los países pertenecientes.
Archivo - Imagen de archivo de la bandera de la Unión Europea junto a varias banderas de los países pertenecientes. - Eduardo Sanz - Europa Press - Archivo

BRUSELAS 28 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los Veintisiete han dado este lunes su visto bueno definitivo a la reforma de las normas que coordinan los sistemas de Seguridad Social de la Unión Europea cuando una persona vive o trabaja en más de un Estado miembro, que establece, entre otros cambios, que el país donde se haya trabajado durante al menos 22 semanas asumirá el pago del paro en determinados casos transfronterizos.

La revisión, amplía además de tres a seis meses el periodo durante el cual una persona desempleada puede seguir cobrando la prestación de su país al trasladarse a otro para buscar trabajo.

El texto aclara también qué administración debe hacerse cargo de las prestaciones familiares y de aquellas destinadas a personas que necesitan asistencia de forma prolongada cuando interviene más de un país, además de concretar el acceso a determinadas ayudas sociales de los ciudadanos de la UE que no trabajan.

Otro de los cambios afecta a los trabajadores que una empresa envía temporalmente a otro Estado miembro y a aquellos que desarrollan su actividad en varios países, con nuevas disposiciones para determinar qué legislación de Seguridad Social se les aplica.

En el caso de los desplazamientos laborales, las empresas deberán seguir informando con carácter general a las autoridades cuando envíen a un empleado a trabajar a otro país, aunque esta obligación no se aplicará a viajes de hasta tres días dentro de un periodo de 30. En sectores como la construcción se mantendrán controles más estrictos.

La reforma contempla asimismo medidas ante posibles incumplimientos de las empresas y cambios en los criterios para determinar cuándo una persona trabaja en varios Estados miembro, además de reforzar el intercambio de información entre las administraciones nacionales.

Según explica el Consejo en un comunicado, las nuevas disposiciones no modifican los sistemas nacionales de Seguridad Social ni las prestaciones que ofrece cada Estado, ya que estas cuestiones siguen siendo competencia de los gobiernos, sino la forma en que se coordinan cuando un ciudadano se desplaza dentro de la UE.

Así, las autoridades nacionales seguirán decidiendo quién está cubierto por su legislación, qué prestaciones concede y qué requisitos exige para acceder a ellas, mientras que las reglas europeas determinan qué país debe hacerse cargo de estos derechos cuando interviene más de un Estado miembro.

Con la aprobación de este lunes, los Veintisiete completan la adopción de una reforma pactada con la Eurocámara el pasado abril tras años de negociaciones. El reglamento entrará en vigor una vez sea publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea.

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