Actualizado 27/10/2006 21:57

Uruguay/España.- Uruguay discrepa del fallo del Supremo sobre el Tratado de Amistad de 1870

El Gobierno de Tabaré Vázquez pondrá el tema sobre la mesa en la próxima Cumbre de Montevideo


MONTEVIDEO, 27 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Uruguay expresó su "discrepancia" con el reciente fallo del Tribunal Supremo español sobre el Tratado General de Cooperación y Amistad de 1870 entre ambos países, según el cual los nacionales uruguayos no están equiparados a los europeos en derechos de trabajo, según informó el ministro de Asuntos Exteriores, Reinaldo Gargano.

Gargano señaló que las autoridades uruguayas aún no han definido qué acciones tomar ante esta decisión --por la que se incluye a los uruguayos al régimen establecido por la Ley de Extranjería--. De hecho, fuentes oficiales uruguayas reconocieron que será "muy difícil" revertir la sentencia ya que no hay posibilidades de "acciones jurídicas" porque es un pronunciamiento del alto tribunal.

El jefe de la Diplomacia uruguaya insistió en defender la vigencia del Tratado de 1870 y comprometió el máximo esfuerzo de su Gobierno para "defender a los (uruguayos) residentes en España como lo hizo hasta ahora". Se estima que en España viven unos 73.000 uruguayos.

Con esta resolución, España desconoce la vigencia del Tratado de Amistad de 1870 por el cual los uruguayos podían vivir y trabajar en España como si fueran españoles. Además, recuerda que el acuerdo vigente entre ambos países es el de 1992, por el que los uruguayos podrían recibir las "facilidades necesarias para el ejercicio de sus actividades, pero no el derecho a ejercer actividades lucrativas, laborales o profesionales por cuenta propia o ajena".

Para el diputado uruguayo Enrique Pintado -presidente de la Comisión de Asuntos Internacionales del Congreso- se trata de una "mala noticia", aunque aclaró que la sentencia no impide la continuación de las negociaciones y la posibilidad de llegar a un entendimiento.

TEMA DE LA CUMBRE IBEROAMERICANO

Además, el diputado anunció que el tema se pondrá sobre la mesa durante la XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, que se realizará en Montevideo del 3 al 5 de noviembre. "Uruguay no puede bajar los brazos ni en lo jurídico ni en lo político. No es bueno que el canciller exprese que no hay más nada para hacer", comentó ayer a la prensa local el diputado nacionalista Jaime Trobo, que ha reclamado una enérgica acción gubernamental.

Por su parte, el embajador español en Uruguay, Fernando Valderrama, celebró el fallo del Supremo que "desconoce la vigencia del Tratado de Paz y Amistad de 1870", y criticó al Gobierno de Tabaré Vázquez por pretender que España aplique beneficios a los nacionales uruguayos que no son recíprocos con los españoles residentes en el país sudamericano.

El Supremo dictó la semana pasada una sentencia en la que fija como doctrina legal que los uruguayos "ni quedan equiparados a los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea" en lo relativo "al régimen jurídico que regula los derechos de residencia y trabajo en España, ni dejan de estar sujetos al régimen establecido en la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España".

Tras estudiar el Tratado de 1870, el alto tribunal explica que los uruguayos están sometidos al artículo 38.1 de la ley sobre derechos y libertades de extranjeros en España que establece que "para la concesión inicial de la autorización de trabajo, en el caso de trabajadores por cuenta ajena, se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo".

El TSJ entendió que "los ciudadanos de esa nacionalidad ostentan una situación jurídica que les permite obtener los permisos de residencia y trabajo imperativamente o de modo similar a los ciudadanos de los Estados de la Unión Europea", sin sujeción a la citada ley orgánica relativa a los extranjeros.

El Supremo ya se había pronunciado sobre la situación de los nacionales uruguayos el 10 de octubre de 2002, pero en aquella ocasión, explica la sentencia actual, no se analizó la incidencia del Tratado de 23 de julio de 1992.

Los ciudadanos de Uruguay, según el último tratado, disfrutarán de "facilidades" para la realización de actividades lucrativas, laborales o profesionales en España, pero ello no quiere decir que tengan las mismas que los nacionales de los países miembros de la Unión Europea.