Actualizado 28/05/2010 20:40

Los hospitales mexicanos deberán dar la píldora del día después a víctimas de violación


MÉXICO DF, 28 May. (EUROPA PRESS) -

La Corte Suprema de Justicia de México declaró este jueves constitucional la normativa que obliga a los hospitales y clínicas, tanto públicos como privados, a ofrecer la píldora del después en el caso de las mujeres que hayan sido víctimas de violación.

Con 10 votos a favor y uno en contra, los magistrados avalaron la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046, en vigor desde abril de 2009, después de seis intensas sesiones en las que se debatió la impugnación presentada por el gobernador del estado de Jalisco, Emilio González Márquez.

"Hemos terminado un asunto muy debatible y probablemente nuestra decisión no convenza universalmente, pero es producto de la convicción personal de cada uno de las señoras y señores ministros, de nuestros conocimientos jurídicos personales y de nuestro leal saber y entender", afirmó el titular de la Corte, Guillermo Ortiz, al finalizar la sesión.

La distribución de la píldora no sólo será obligatoria para los hospitales públicos, sino también para todos los centros de salud privados en los que se reciban casos de mujeres que hayan sido víctimas de agresión sexual con riesgo de embarazo. La pastilla debe suministrar antes de que transcurran 120 horas del acto sexual, tras haber informado a la víctima sobre la utilización de este método.

La normativa oficial mexicana no se refiere a este medicamento como un abortivo químico, lo que rechaza el argumento de González Márquez quien advirtió de que en Jalisco no distribuirán la llamada "píldora de emergencia" porque las leyes de este Estado prohíben el aborto.