Actualizado 13/05/2011 06:41

Uruguay.- La Corte Suprema dice que los crímenes de la dictadura son homicidios, no delitos de lesa humanidad


MONTEVIDEO, 13 May. (EUROPA PRESS) -

La Corte Suprema de Justicia de Uruguay ha determinado que los crímenes cometidos durante la dictadura (1973-1985) no son delitos de lesa humanidad --imprescriptibles--, sino homicidios, que se rigen por el plazo de prescripción establecido en la legislación penal.

Esta sentencia implica que todos los crímenes cometidos en este periodo prescribirán el próximo mes de noviembre, ya que al ser considerados homicidios tienen un plazo de vigencia de 20 años, aunque en la práctica se extienden a 26, porque suelen calificarse como un tipo agravado de este delito.

Con esta decisión, el tribunal rechaza el recurso de apelación presentado por la fiscal Mirtha Guianze en el caso contra los ex militares José Gavazzo y José Arab, que fueron condenados a 25 años de prisión por 28 homicidios.

La mujer considera que debían haber sido juzgados por desaparición forzosa, un delito de lesa humanidad. Sin embargo, la resolución de la corte establece que este delito no es aplicable porque fue creado en 2006, sin que sea posible su retroactividad.

No obstante, Guianze ha planteado ya un recurso de aclaración y ampliación de la sentencia al considerar que no se ajusta a la jurisprudencia de América Latina, en concreto a lo dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gelman, de obligatoria aplicación para Uruguay.

"Toda la forma de comisión, la característica de los delitos, se ajusta a lo que también internacionalmente se consideran crímenes de lesa humanidad porque fueron cometidos en el marco del terrorismo de Estado por agentes estatales y dentro de un plan sistemático", ha argumentado, en declaraciones recogidas por 'El Espectador'.

En este contexto, activistas pro Derechos Humanos han calificado el fallo de "vergüenza histórica". "¿Cómo pueden decir que la tortura sistemática no es un delito de lesa humanidad?, ¿Y los desaparecidos y las violaciones no son delitos de lesa humanidad?", ha dicho Irma Leites, del grupo Plenaria Memoria y Justicia.

Se calcula que durante la dictadura uruguaya murieron unas 200 personas, mientras que miles de ellas fueron torturadas por las fuerzas de seguridad.

LEY DE CADUCIDAD

Además, este fallo coincide con la polémica sobre la derogación de la Ley de Caducidad, aprobada en 1986, que establece como requisito imprescindible para juzgar estos crímenes la autorización del Ejecutivo, lo que en la práctica ha supuesto una amnistía.

Después de que el Senado aprobara su derogación, esta medida se discute ahora en el Congreso, donde ha creado un fuerte rechazo de la oposición y una división en el seno del Frente Amplio (FA), coalición gobernante.

Los primeros juicios contra los responsables de estos crímenes comenzaron en 2005, con la llegada de Tabare Vázquez a la presidencia. Desde entonces, una decena de personas --entre ellas los ex dictadores Gregorio Álvarez y Juan María Bordaberry-- han sido condenadas por violaciones de los Derechos Humanos.