Publicado 11/06/2025 20:07

Infosalus.- Sanidad mantiene en el Estatuto Marco la exclusividad de jefes de servicio y directivos, pero elimina la de los MIR

Archivo - La ministra de Sanidad, Mónica García, durante una rueda de prensa,  tras la reunión del ámbito para abordar el Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco, en la sede del Ministerio, a 22 de enero de 2025, en Madrid (España). El ministerio de Sanida
Archivo - La ministra de Sanidad, Mónica García, durante una rueda de prensa, tras la reunión del ámbito para abordar el Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco, en la sede del Ministerio, a 22 de enero de 2025, en Madrid (España). El ministerio de Sanida - A. Pérez Meca - Europa Press - Archivo

MADRID 11 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Sanidad ha hecho público un nuevo borrador del Estatuto Marco del personal estatutario en el que se establece la exclusividad en el Sistema Nacional de Salud (SNS) para los cargos intermedios y para el personal directivo, aunque finalmente no incluye la exclusividad para los profesionales que finalizan la formación especializada.

Sanidad ha publicado este miércoles un documento que recoge de forma resumida los principales cambios y mejoras incluidos en el borrador del nuevo Estatuto Marco. Actualmente, el texto se encuentra en proceso de negociación sindical, por lo que el Ministerio recuerda que podría experimentar modificaciones antes de su aprobación definitiva.

De este modo, se establece la exclusividad para los cargos intermedios y para el personal directivo, lo que implica que mientras desempeñen estos puestos no podrán trabajar en el sector sanitario privado. Sin embargo, si pueden compatibilizar su labor asistencial con labores docentes e investigadoras en otros organismos públicos, como universidades u organismos públicos de investigación.

Para compensar esta dedicación, Sanidad señala que las comunidades autónomas pueden utilizar el llamado complemento de dedicación exclusiva, destinado a retribuir la dedicación exclusiva a la sanidad pública.

GUARDIAS DE 17 HORAS

En cuanto a las novedades en materia de jornada de trabajo y descansos, se simplifican los tipos de jornada: jornada ordinaria y jornada de guardia. Así, se clarifican las modalidades de prestación de la asistencia sanitaria que pueden ser mediante turnos o mediante alternancia de la jornada ordinaria y jornada de guardia, dejando a los servicios de salud y a los propios centros sanitarios la potestad de elegir en función de sus necesidades y recursos.

Igualmente, se regula de forma específica la jornada de guardia del personal médico para realizar la actividad urgente o de atención continuada. También se limita la jornada de guardia a 17 horas y la suma de jornada ordinaria y de guardia de forma sucesiva no podrá exceder tampoco las 17 horas. Sanidad recuerda que antes las guardias o la combinación de jornada ordinaria y guardia era de 24 horas. Además, se introduce la voluntariedad y los informes de salud laboral a la hora de ampliar los horarios.

También se establece la exención de turnos de noche para el personal que trabaje a turnos y tenga más de 55 años. Igualmente se amplían los motivos para la exención de la realización de la actividad de guardia y se introduce la voluntariedad y los informes de salud laboral a la hora de ampliar los horarios.

El documento indica que la carga laboral excesiva debe considerarse excepcional, y si se repite de forma reiterada, obliga al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales a elaborar un informe que analice las causas y se propongan medidas correctoras.

OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO CADA DOS AÑOS

El borrador establece que las Ofertas Públicas de Empleo (OPES) serán por ley cada 2 años y se resolverán en 2 años, con el objetivo de acabar con la inestabilidad y temporalidad. Además, se promueve la movilidad del personal fijo para cambiar de centro mediante concursos de traslados abiertos y permanentes con periodicidad anual.

El documento propuesto por Sanidad busca modernizar la clasificación de los profesionales adecuándose al Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje permanente (MECU). Esta clasificación tiene efectos administrativos ya que en materia de relaciones interprofesionales y trabajo en equipo se aplica el artículo 9.3 de la Ley 44/2003 de Ordenación de Profesiones Sanitarias (LOPS).

Asimismo, todo el personal estatutario pasa a ser autoridad pública frente a las agresiones laborales, con todas las atribuciones que ello conlleva. Por último, se incluye la categoría de personal estatutario investigador en el Estatuto Marco. De esta forma, se pretende favorecer la puesta en marcha de una estructura de investigación estable en los centros sanitarios tanto para los investigadores como para los clínicos asistenciales que hacen investigación.

HUELGA DE MÉDICOS

Pese a estos cambios propuesto por Sanidad, la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) y el Sindicato Médico Andaluz (SMA) mantienen la huelga convocada para el próximo 13 de junio, ya que consideran que no han recibido "propuestas concretas" en el nuevo texto.

Ambas organizaciones habían manifestado tras la reunión del pasado 21 de mayo que las propuestas de modificaciones que había entregado el Ministerio sólo buscaban "parchear" la situación actual y planteaban condiciones laborales que terminaban por "hipotecar" al colectivo durante los próximos años, lo que ha provocado un desencuentro que hace "inevitable" seguir adelante con la huelga convocada para el próximo 13 de junio como primera jornada de paro nacional.

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