Madrid, 21 de mayo de 2026.
El Tribunal Supremo ha anulado el registro único de arrendamientos de corta duración, regulado en el Real Decreto 1312/2024 de 23 de diciembre, al considerar que el Estado carece de competencias para establecer una regulación exhaustiva de un registro nacional que "se superpone a los registros autonómicos existentes con respecto a la inscripción de inmuebles destinados a arrendamientos turísticos".