Actualizado 31/05/2016 22:11

¿Cómo será el impuesto a las ganancias en el pago de los juicios de los jubilados?

Impuesto a las ganancias deudas con jubilados
PIXABAY

   BUENOS AIRES, 31 May. (Notimérica) -

   La semana pasada, el presidente de Argentina, Mauricio Macri, anunció el pago de los juicios de jubilaciones a los jubilados durante el primer periodo del 'kirchnerismo', plan que prevé una modalidad de liquidación del impuesto a las ganancias que evitaría directamente la carga para algunos casos.

   El proyecto de ley que hoy llega al Congreso de la Nación busca disponer que a las personas a las que se les reconozca el derecho a cobrar retroactivos (por tener sentencia firme o un juicio en trámite), se les calcule el impuesto según determinadas cuestiones.

   La primera plantea que si en cada período en que se le pagó un haber inferior al que le correspondía se le hubiera pagado correctamente, habría tenido o no un descuento por el impuesto y, en caso afirmativo, de cuánto habría sido.

    Es el criterio de cobro según ingresos devengados, tal como explicó el director ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Emilio Basavilbas, según informa el diario 'La Nación'.

   Por otro lado está el criterio de percibido, con el que se descuenta el impuesto a las ganancias según el esquema vigente al momento del cobro y sobre el total del dinero retroactivo, es decir, el acumulado por la diferencia entre lo que las personas debieron haber cobrado y lo que cobraron realmente.

   A partir del nuevo plan, la carga tributaria de los cobros que se perciban podría no estar en muchos de los casos.

   Según el Programa de Reparación Histórica, presentado por el Gobierno de Macri, los jubilados serán divididos en tres grupos en función del tipo de juicio.

   En primer lugar están los jubilados que tienen una sentencia firme por los juicios, para los que se reajustará el haber mensual y se les pagará el 50 por ciento del dinero retroactivo y el 50 por ciento restante en 12 cuotas trimestrales.

   En el segundo grupo están las personas que tienen demandas en trámite, pero que aún no tienen resolución judicial. A estos se les reajustará su haber mensual y se les ofrecerán los mismos planes de pago que a aquellos que tienen sentencia, pero cobrarán los retroactivos por un tiempo máximo de cuatro años.

   Finalmente, están los jubilados que no tuvieron juicio, pero cobran un ingreso inferior al que les corresponde, que tendrían un ingreso mensual mejorado a partir de su adhesión al plan, sin embargo no cobrarían retroactivos.

   De esta forma, los jubilados que acepten el plan de pago de deudas pasarían a recibir una mejora en los haberes mensuales cobrados en la actualidad que rondaría, en promedio, el 45 por ciento.