Actualizado 17/12/2013 21:57

Rechazan suspender extradición a EEUU de exdirectivo español de JP Morgan

Sede de JP Morgan
Foto: DYLAN MARTINEZ / REUTERS

MADRID, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal Supremo ha rechazado suspender el procedimiento de extradición a Estados Unidos del exdirectivo del banco JP Morgan, Javier Martín-Artajo, que había sido solicitado por su defensa como medida de carácter cautelarísimo contra el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado viernes en el que se acordó dar continuación a este trámite.

   Este ejecutivo es reclamado por Estados Unidos por falsear presuntamente las cuentas de la entidad, y al que se acusa de provocar pérdidas de cerca de 800 millones de dólares, ha sido citado el próximo 8 de noviembre  por el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, ante quien tendrá que manifestar si acepta su puesta a disposición de las autoridades estadounidenses.

   Con independencia del procedimiento que se tramita en la Audiencia Nacional, Martín-Artajo había solicitado al Supremo la suspensión del acuerdo del Gobierno por el que se ordenaba la continuación de su extradición alegando que dicho trámite "carece de toda apariencia de buen derecho" por su falta de audiencia en el expediente y por estar prohibida su entrega dada su  nacionalidad española.

   Añadía que de no accederse a esta medida cautelarísima su recurso ante el alto tribunal perdería su finalidad legítima, "ya que hasta que se dicte sentencia se habrán consolidado las graves violacione de derecho alegadas, así como la inexistencia de riesgo para el interés general o de tercero".

    El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Carlos Trillo, rechaza estos argumentos al estimar que no se da el supuesto de urgencia que exige la norma, por lo que declara inadmisible la medida de suspensión del Acuerdo del Consejo de Ministros.

   Estados Unidos, país con el que España tiene suscrito un convenio de extradición, envió el pasado martes la documentación que acredita su petición en el plazo legal de 40 días. De negarse a la entrega, se celebrará una vista ante la Sala de lo Penal donde el reclamado tendrá la oportunidad de ratificar su negativa a ser entregado.

   El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes continuar el trámite de extradición, al que Estados Unidos reclama por delitos relativos al mercado y a los consumidores, delito societario, estafa y falsedad documental.

   Según el Ministerio de Justicia, el reclamado era Jefe de Operaciones de Crédito y Capital de la Oficina Principal de Inversiones (CIO) de la firma JP Morgan Chase & Co., que mantenía una cartera de crédito --denominada SPC-- que contaba a principios del año 2012 con una suma neta de 50.000 millones de dólares.

OCULTAR PÉRDIDAS

   Martín-Artajo, en su condición de corredor de valores, se encargaba de ajustar al mercado diariamente los libros de operaciones de la SCP y de determinar el valor justo de mercado de los valores. Esos ajustes eran posteriormente convertidos en parte de la contabilidad y los registros de la entidad.

   Durante el primer trimestre de 2012, las autoridades estadounidenses sospechan que Martín-Artajo instruyó a otras personas para que ocultaran las crecientes pérdidas de las SCEP que gestionaba.

   La Justicia estadounidense estima que él y su cómplice manipularon los ajustes para disfrazar pérdidas de unos 767 millones de dólares. Estos informes y ajustes manipulados fueron utilizados por los empleados del banco para preparar los anuncios al público de las ganancias trimestrales.

   Provocaron así que la firma hiciera presentaciones falsas ante la Comisión de Bolsa y Valores, presentando también información inexacta de sus ganancias en varios documentos.

   El juez Pedraz le puso el pasado 27 de agosto en libertad después de que en dicha ocasión ya manifestara su negativa a ser extraditado a Estados Unidos y aportara documentos para acreditar su arraigo en España. En dicho momento se acordó su prohibición de salir del territorio nacional sin autorización, junto a comparecencias quincenales ante la Audiencia Nacional o el Juzgado más cercano a su domicilio.